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Abelardo de la Espriella, Defensores de la Patria, Firmes por la Patria
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Tribunal prohíbe a De la Espriella seguir usando el lema “Firmes por la patria” como eslogan de su campaña

El órgano judicial también le ordenó abstenerse de utilizar la bandera de Colombia y otros símbolos patrios como publicidad de campaña.

En una nueva decisión judicial que intensifica la controversia en la recta final de la campaña presidencial, el magistrado Rafael Albeiro Chavarro de la Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Bogotá dictó una medida cautelar que obliga al candidato Abelardo de la Espriella, a su fórmula vicepresidencial José Manuel Restrepo y al movimiento Defensores de la Patria a retirar de inmediato toda la propaganda que utilice símbolos patrios y a abstenerse de emplear la expresión “Firmes por la Patria”.

La orden, adoptada en el marco de una acción de tutela presentada por el abogado Dylan Lizarazo Ramos, simpatizante del candidato Iván Cepeda, exige el retiro en un plazo de 24 horas de piezas publicitarias en páginas web, redes sociales y medios de comunicación que incluyan la bandera de Colombia, el escudo nacional, colores patrios, imágenes alusivas a las Fuerzas Militares y de Policía, o cualquier emblema representativo de la nación. Asimismo, prohíbe el uso de las frases “Firmes por la Patria” y el propio nombre del movimiento “Defensores de la Patria”.

“Se ordena al candidato presidencial, Abelardo Gabriel de la Espriella Otero, a su fórmula vicepresidencial, José Manuel Restrepo Abondano, y al grupo significativo de ciudadanos “DEFENSORES DE LA PATRIA” y las demás personas y entidades vinculadas que, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación de este proveído procedan a RETIRAR toda aquella propaganda política que obre en su página web, medios de comunicación masiva y redes sociales en las que se empleen símbolos patrios como: la bandera de la República de Colombia, escudo y demás figuras representativas de la Nación; imágenes alusivas a las instituciones militares y policiales; saludo y emblemas representativos de las entidades castrenses; así como el uso de las oraciones ‘firmes por la patria’ y ‘Defensores de la Patria'”, dicta el fallo.

Aparte del fallo del Tribunal Superior de Bogotá.


Según el magistrado Chavarro, el uso de estos elementos en la propaganda electoral vulnera el derecho fundamental a la libertad electoral (artículo 258 de la Constitución), al generar posibles coacciones y asociar símbolos que pertenecen a toda la nación con una sola candidatura. El fallo cita jurisprudencia de la Corte Constitucional que prohíbe el aprovechamiento de la simbología patria en campañas para garantizar un voto libre y sin manipulaciones.

Esta decisión se suma a la medida cautelar previa de un juzgado municipal que ya había restringido el uso de la camiseta de la Selección Colombia. De la Espriella, quien lidera la primera vuelta y se enfrenta a Iván Cepeda el 21 de junio, ha construido gran parte de su imagen alrededor de un discurso fuertemente patriotista.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) también fue vinculado para que preserve copia de la publicidad cuestionada, en el marco de posibles sanciones electorales. La tutela continúa su trámite y podría generar nuevos recursos ante instancias superiores.

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