Entre los puntos que precisa la cartera laboral del Gobierno nacional, se cuenta que quienes devenguen menos de dos Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMLMV) deben percibir un auxilio de conectividad en reemplazo del auxilio de transporte presencial.
Por: Iván Peña Ropaín.
En el marco del ‘Día del Teletrabajo’, el que se celebra este 16 de septiembre, el Ministerio del Trabajo lanzó una pedagogía especial dirigida a aquellos trabajadores y empleadores de todo el país que laboran de manera remota.
El objetivo principal de la campaña es recordar que desempeñar las labores fuera de las instalaciones físicas de las empresas no implica perder garantías laborales ni derechos fundamentales.
A través de un carrusel informativo publicado en sus plataformas oficiales, la cartera laboral detalló las reglas vigentes, las diferencias normativas entre los distintos esquemas de trabajo a distancia y enfatizó que el cumplimiento de la jornada laboral aplica con igual rigurosidad en los entornos digitales.
Es de anotar que no todos los casos son iguales. Uno de los puntos clave destacados por el Ministerio es la diferencia normativa que rige a cada forma de trabajo fuera de la oficina:
- Teletrabajo (modificado por la Ley 2466 de 2025): Requiere un acuerdo formal y voluntario entre las partes y contempla cinco modalidades específicas:
- Autónomo: El trabajador labora siempre desde su casa o un lugar fijo elegido por él.
- Móvil: No cuenta con un lugar de trabajo establecido.
- Híbrido: Combina días de trabajo presencial con jornadas a distancia.
- Transnacional: Permite prestar servicios desde el exterior para una empresa domiciliada en Colombia.
- Temporal o Emergente: Se aplica por un periodo determinado ante necesidades específicas.
- Trabajo Remoto (Ley 2121 de 2021): Es un esquema 100 % virtual desde el momento de la contratación hasta la terminación de la relación laboral.
- Trabajo en Casa (Ley 2088 de 2021): Es una medida excepcional que se habilita de forma temporal ante situaciones especiales u ocasionales.
Herramientas de trabajo, subsidios y salud ocupacional
El Ministerio del Trabajo recordó que los empleadores deben cumplir con obligaciones puntuales en materia económica y de seguridad para sus colaboradores remotos:
- Auxilio de conectividad: Quienes devenguen menos de dos Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMLMV) reciben un auxilio de conectividad en reemplazo del auxilio de transporte presencial.
- Suministro de equipos y compensación de servicios: El empleador debe proveer los equipos de cómputo y las herramientas de trabajo necesarias, además de asumir o compensar los costos derivados de energía y telecomunicaciones (según la modalidad pactada).
- Protección ante riesgos laborales: La casa o el lugar elegido para trabajar también es considerado un entorno de trabajo seguro. La Administradora de Riesgos Laborales (ARL) debe cubrir los riesgos laborales derivados de estas modalidades; el empleador está obligado a orientar en la adecuación ergonómica del puesto, y el trabajador debe reportar cualquier accidente o dolencia ocurrida durante su jornada.
“Apagar el computador también es tu derecho”
Finalmente, la autoridad laboral hizo un especial llamado de atención sobre el derecho a la desconexión digital. “Tienes derecho a no responder llamadas, correos ni mensajes de WhatsApp fuera de tu jornada laboral ni durante tus días de descanso o vacaciones”, destaca la entidad en su campaña.
De esta manera, se busca concientizar a los empleadores sobre la importancia de respetar los tiempos de descanso y garantizar la salud mental y física de quienes trabajan desde sus hogares.




