“Es un análisis político del presidente, pero no está incitando a votar por nadie”, indicó el titular de la cartera del Interior.
Las declaraciones del ministro del Interior, Armando Benedetti, volvieron a encender el debate político en Colombia. Desde Cartagena, el funcionario defendió al presidente Gustavo Petro frente a las críticas de sectores que aseguran que el mandatario estaría participando en política de cara a las próximas elecciones presidenciales.
Según Benedetti, ni el jefe de Estado ni los ministros del Gobierno están interviniendo en política, pese a los constantes pronunciamientos públicos del presidente sobre el panorama electoral y la oposición.
“Es un análisis político del presidente, pero no está incitando a votar por nadie”, afirmó el ministro durante un encuentro con medios de comunicación en la capital de Bolívar.
El funcionario incluso fue más allá y explicó lo que, a su juicio, sí constituye participación indebida en política por parte de servidores públicos.
“Participación en política es cuando yo le digo a un empleado mío que si no vota lo voy a botar o que le voy a subir el sueldo para que vote o que salga públicamente y diga: voten por esta persona que es mejor que los otros. Eso es participación en política”, afirmó.

Las declaraciones llegan en medio de una creciente controversia nacional por los discursos y mensajes publicados por el presidente Petro en eventos públicos y redes sociales, donde frecuentemente cuestiona a sectores tradicionales, lanza críticas a opositores y habla sobre el futuro político del país.
Mientras sectores afines al Gobierno respaldan la postura del ministro y aseguran que el presidente solo está ejerciendo su derecho a opinar sobre la realidad nacional, voces de oposición consideran que existe una línea delgada entre el análisis político y la participación electoral desde el poder.
Por su parte, la Procuraduría General de la Nación y la Misión de Observación Electoral (MOE) han recordado a los funcionarios públicos, especialmente a aquellos que ocupan altos cargos tales como: alcaldes, gobernadores, presidente de la República, secretarios de despacho, ministros de gobierno y directores de empresas públicas entre otros, las prohibiciones generales que tienen en las contiendas electorales:
· Tomar parte en las actividades de las agrupaciones políticas y en las controversias políticas (Constitución Política, artículo 127 inciso segundo y tercero).
· Utilizar su empleo para apoyar una campaña política o presionar a particulares o subalternos para influir en procesos electorales (Código Único Disciplinario, artículo 48 numerales 39 y 40).
· Intervenir en política utilizando su poder para favorecer o perjudicar electoralmente a un candidato o agrupación política (Código Penal, artículo 422).
· Utilizar bienes y servicios del Estado para favorecer campañas electorales (Ley de Garantías, artículo 38, parágrafo).




