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Conceden libertad condicional a alias la Madame, condenada por explotación sexual en Cartagena

A Liliana del Carmen Campo la condenaron en 2019 a más de ocho años de prisión por haber inducido a la prostitución a cerca de 250 jóvenes colombianas y venezolanas.

El Juzgado Tercero de Ejecución de Penas de Ibagué ordenó la libertad de manera condicional de Liliana del Carmen Campo Puello, alias la Madame, capturada en julio de 2018 y condenada tras un preacuerdo con la Fiscalía en 2019 a más de ocho años de prisión por los delitos de inducción a la prostitución, trata de personas y concierto para delinquir agravado.

Día de la captura de alias la Madame

Del Carmen Campos, quien actualmente se encuentra recluida en la cárcel La Picaleña de Ibagué, Tolima, habría inducido a la prostitución a cerca de 250 jóvenes colombianas y venezolanas, convirtiéndose para las autoridades en la mayor proxeneta de la capital de Bolívar, reteniéndole los documentos, encerrando y explotando sexualmente a las víctimas, mientras ella, quien también tiene antecedentes por tráfico de heroína e ingreso y permanencia irregular en Estados Unidos, gozaba de una vida de viajes y lujos.

En la red de prostitución de la Madame también participaban varios miembros de su familia que debieron rendir cuentas ante las autoridades. En ese entonces el ente investigador reveló que el padre de la Madame se encargada de acoger en dos viviendas del barrio Manga de Cartagena a las mujeres explotadas sexualmente, él vivía en una de ellas e informaba a su hija de los movimientos de las víctimas.

Liliana del Carmen Campo Puello, alias la Madame. Foto: web

El esposo de la fémina, Gustavo Ruiz, era el que coordinaba los eventos sexuales y tenía conocimiento de los cobros de servicios sexuales en playas del Caribe, por lo que obtuvo la misma condena que su pareja, y su sobrino Omar Robles también aceptó los cargos relacionados con trata de personas y concierto para delinquir.

La decisión de que la mujer permanezca en libertad condicional fue notificada mediante un oficio al centro carcelario donde permanece y una vez se verifique que la condenada no tiene otros procesos pendientes, se deberá cumplir la orden a la espera de su “buen comportamiento” y de que no vuelva a participar en hechos delictivos. Campo Puello estará bajo un periodo de prueba de 30 meses en los que se tendrá que presentar periódicamente ante el juzgado.

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