Desde el pasado 17 de julio, la Comisión de Regulación de Comunicaciones de Colombia limita, por primera vez, el cobro por reconexión de telefonía, internet y TV por suscripción, con reducciones de hasta 97 %.
Por Iván Peña Ropaín.
Si aún no se ha enterado, o es de los que sigue despistado y viene cogiendo rabietas por lo que considera un exceso en el cobro de las reconexiones, bien sea de su telefonía móvil, internet fijo, telefonía fija o televisión por suscripción, pues es importante que sepa que desde el pasado 17 de julio rige una regulación que puso su tatequieto al abuso que se denunciaba en muchos casos.
Ese alivio para el bolsillo, pero también para la paz personal, al ya dejar de estar reclamándole a las distintas compañías que prestan dichos servicios, llega gracias a una normativa que, por vez primera, entra a funcionar en Colombia y que expidió la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) el pasado mes de julio.
Se puso en marcha la Resolución 8255 de 2026, en cumplimiento de la Ley 2485 de 2025, la cual tiene como único propósito evitar que los usuarios paguen cargos superiores al costo real de restablecer el servicio al momento de darse un proceso de reconexión.
Y es que en el país, si bien la exigencia a los clientes por estos cobros es con el argumento de lograr eficiencia en el pago de la deuda, no existía un límite específico ni unificado a la hora de realizar el recaudo, por lo que cada operador fijaba libremente el valor de la reconexión, algunos muy exagerados, y que era lo que desataba muchas quejas de la ciudadanía.
Así las cosas, con la nueva normativa que ha empezado a regir desde el pasado 17 de julio, ningún operador de telefonía móvil, internet fijo, telefonía fija o televisión podrá superar los siguientes topes por reconexión:
- Para la telefonía móvil: si le cortaron el plan de su celular por mora, el cobro máximo será de $285, sin incluir IVA, dándose un cambio significativo. Según la CRC, actualmente el cobro promedio ronda los $6.800, por lo que la reducción llega a cerca del 96 %.
- Internet fijo, telefonía fija y televisión por suscripción: para estos servicios se presentaron dos topes. Dependiendo del tamaño del operador, primero, los de 30.000 accesos o más: máximo $1.232, sin IVA; y segundo, operadores con menos de 30.000 accesos: máximo $10.269, sin IVA.
Se han evidenciado casos en los que, hablando de los grandes operadores, algunos usuarios llegaban a pagar hasta la suma de $39.000 por la reconexión, por lo que la reducción puede alcanzar el 97 %.
Respecto a la pregunta de qué puede incluir ese cobro, la CRC determinó que solo tiene que ver con los costos directamente asociados al proceso de suspensión y restablecimiento del servicio, excluyendo expresamente la gestión de cobranza, la recuperación de cartera y el seguimiento comercial a clientes morosos, pues estos últimos son costos propios del negocio del operador, no del proceso de reconexión.
Igualmente, la Comisión de Regulación de Comunicaciones explicó que la ordenanza emprendida no elimina la obligación de pago del cliente ni impide que el operador suspenda el servicio cuando hay mora, anexando en sus descargos que, una vez el usuario pague lo que debe, el operador tendrá hasta tres días hábiles para restablecer el servicio. Se reitera, para los despistados que no faltan, que lo que cambia con la nueva ley es únicamente el límite de lo que puede cobrar por reconectarlo al servicio que le dieron tijera.
“Quien se pone al día no debe enfrentar un cobro desproporcionado para recuperar su servicio. La reconexión debe costar lo que cuesta reconectar, nada más. Con esta decisión, la CRC convierte el mandato de la Ley 2485 de 2025 en una regla verificable para el mercado y en un alivio concreto para los usuarios”, señaló Felipe Augusto Díaz Suaza, director ejecutivo de la CRC.




