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¿Trabajará desde casa? Mintrabajo exhorta al teletrabajo por mantenimiento de la planta SPEC de Cartagena

La recomendación aplica desde este 30 de julio hasta el 3 de agosto y busca reducir la demanda de energía durante el mantenimiento programado de la planta de regasificación, ante el riesgo de afectaciones en el suministro de gas natural.

Con el objetivo de reducir la demanda de energía durante el mantenimiento programado de la Planta de Regasificación de Cartagena (SPEC), que se desarrollará desde este 30 de julio hasta el 3 de agosto, el Ministerio del Trabajo pidió a empresas públicas y privadas adoptar la modalidad de trabajo en casa o teletrabajo.

El llamado se hace para todo el territorio nacional, pero, especialmente, va dirigido a empresas de Bolívar, Atlántico, Magdalena, Cesar y La Guajira. Se trata de una recomendación, no es algo obligatorio, sin embargo, busca que quienes puedan adelantar sus funciones por fuera de las instalaciones de su compañía, se acojan a la iniciativa.

“Esta circular, la 081, no es una medida que obligue al uso del teletrabajo, sino que es una recomendación que voluntariamente pueden acoger las empresas de común acuerdo con sus trabajadores”, dijo el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, en entrevista para Blu Radio.

El ministro añadió que esta es una “prueba piloto porque vamos a vivir un riguroso fenómeno del Niño en los próximos meses, y seguramente tendremos situaciones de desabastecimiento de energía por los niveles de los embalses. El consumo de energía en un edificio de oficinas es muchísimo mayor. Se trata también de estimular una cultura ciudadana del ahorro, sobre todo para los momentos difíciles que vendrán”.

La cartera laboral explicó que la intervención en esta infraestructura, operada por la Sociedad Portuaria El Cayao, podría generar riesgos en el abastecimiento de gas natural, ya que la planta aporta cerca del 40 % de la demanda nacional y respalda la generación termoeléctrica en la región Caribe. Por ello, invitó a los empleadores a evaluar la implementación temporal del trabajo en casa, siempre que no se afecten los servicios esenciales ni la atención presencial indispensable, de conformidad con lo establecido en la Ley 2088 de 2021.

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