La compañía aseguró que el delito se presentaba en varias zonas del sitio donde hacían uso del líquido sin ser legalmente medido y facturado.
Un caso de hurto de agua se habría presentado en un aparta-hotel ubicado en la carrera 56 #96-192, en el norte de Barranquilla, tras la realización de una inspección por parte de la empresa Triple A en la que hallaron una manipulación irregular de las líneas de conducción del líquido.
“En el establecimiento comercial se encontró una acometida de media pulgada conectada de manera no regular, totalmente independiente a la línea conducción legal”, señala el informe entregado por la empresa de servicio público.
En ese orden, Triple A informó que procedió a la suspensión del servicio y procederá con el cobro de los consumos no pagados a la empresa, aseverando que el predio cuenta con 60 habitaciones, cocina, baño privado con ducha, y servicio de lavandería, zonas en las que “el servicio de agua era tomado de forma directa y no se registraba por el equipo de medida de la compañía”.
Asimismo, la compañía reiteró que la defraudación de fluidos es un delito que afecta a toda la comunidad y por esta razón ha incorporado herramientas tecnológicas para la detección de fugas y fraudes, como macro medidores con telemetría para medir las conducciones y circuitos, correladores, georradar, geófono, entre otros, que sirven para realizar balances hídricos e identificar dónde se encuentran las mayores pérdidas.
En concordancia, sostienen desde la Triple A que la detección de este fraude se dio gracias a los medidores con telemetría, los cuales arrojan alarmas que indican si existe una posible manipulación o si se tiene un contraflujo, el georradar ayuda a identificar acometidas no autorizadas y el geófono para fugas.
“La compañía conjuntamente con la Policía Ambiental, de Vigilancia y la Fiscalía, han realizado operativos con los que busca capturar en flagrancia a los individuos o empresas que hacen las manipulaciones irregulares a las redes” precisaron desde la compañía.
Finalmente, amparándose en la ley y lo que sustenta el código penal, desde la empresa de servicio público que acudirán a los estatutos legales para sancionar este establecimiento con una multa que iría de uno punto treinta y tres (1.33) a ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales mensuales vigentes o en el mayor de los casos una pena judicial de 16 a 72 meses de prisión.