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Trabajadores independientes que ganen menos del salario mínimo tendrán nuevo sistema para pagar seguridad social desde septiembre

Aquellos independientes con ingresos iguales o superiores a un salario mínimo continúan sometidos a las reglas generales del régimen contributivo.

Por: Iván Peña Ropaín.

¡Ojo con esto, trabajadores independientes! Desde el próximo 1 de septiembre entrará en funcionamiento un nuevo sistema para el pago de los aportes relacionados con la seguridad social de quienes trabajan por periodos parciales y reciben ingresos inferiores a un salario mínimo mensual legal vigente.

Se ha conocido que la medida, establecida mediante la Resolución 001529 de 2026 del Ministerio de Salud y Protección Social, crea en la denominada Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) el cotizante 76, el cual está dirigido específicamente a los trabajadores independientes de tiempo parcial.

La novedad no es menor, pues cambia la manera en la que este grupo de trabajadores podrá realizar sus aportes a pensión y riesgos laborales, permitiendo de esta manera que la cotización se haga de acuerdo con los días efectivamente laborados y no necesariamente como si se tratara de un mes completo.

Así las cosas, para que se comprenda más fácilmente: “quienes trabajen entre 1 y 7 días cotizarán sobre una cuarta parte del salario mínimo; entre 8 y 14 días, sobre dos cuartas partes; entre 15 y 21 días, sobre tres cuartas partes, y entre 22 y 30 días, sobre la totalidad de un salario mínimo”, se lee en el informe noticioso elaborado por el portal Infobae.

Para este 2026, teniendo en cuenta que el salario mínimo quedó establecido en $1.750.905, las bases de cotización serían de $437.726 para quienes trabajen hasta siete días; $875.452 para quienes laboren entre ocho y 14; $1.313.179 para quienes estén entre 15 y 21, y $1.750.905 para quienes trabajen entre 22 y 30 días.

Empero, también se abarca otro detalle que puede representar un alivio para el bolsillo: en este esquema, de acuerdo con lo que se lee en la resolución, la cotización a las cajas de compensación familiar será voluntaria. Quien decida realizarla podrá hacerlo con una tarifa del 0,6 % o del 2 %.

En lo correspondiente al tema de salud, igualmente hay una diferencia significativa. Los independientes de tiempo parcial, con ingresos inferiores a un salario mínimo y que no cuenten con capacidad económica para pertenecer al régimen contributivo, tendrán la posibilidad de permanecer o ingresar al régimen subsidiado sin tener que realizar ese aporte.

En cuanto a los riesgos laborales, sobre este asunto hay que indicar “que la cotización se mantiene sobre un periodo mensual de 30 días, con una base equivalente a un salario mínimo”, se añade en Infobae.

Con esta nueva modalidad se buscaría ponerle algo de orden a una realidad laboral que durante años en Colombia ha sido un verdadero dolor de cabeza para miles de colombianos: personas que trabajan por días, semanas o temporadas y que, aun teniendo ingresos inferiores al salario mínimo, se enfrentaban a un sistema pensado principalmente para cotizaciones mensuales completas.

Eso sí, ¡pilas! Este nuevo mecanismo no significa que todos los trabajadores independientes puedan pagar menos. La categoría 76 está dirigida específicamente a quienes laboran de manera parcial y reciben ingresos inferiores a un salario mínimo. Los independientes con ingresos iguales o superiores a un salario mínimo continúan sometidos a las reglas generales del régimen contributivo.

La puesta en marcha de estos cambios, que muchos aplauden, deberá estar habilitada por los operadores de información desde el 1 de septiembre de 2026. La resolución también contempla otros ajustes en las categorías de cotizantes y en las validaciones de la PILA, con un cronograma de implementación que se extenderá hasta abril de 2027.

En otras palabras, desde septiembre cambia la película para ese trabajador independiente que se gana la vida por días o por temporadas y que muchas veces queda atrapado entre el rebusque y las obligaciones de la seguridad social. Ahora podrá cotizar de manera proporcional al tiempo trabajado, con reglas específicas para pensión, riesgos laborales y cajas de compensación.

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