La medida empezó a regir desde el 1 de julio. Le contamos el valor aproximado de que tendrán que remunerarle por trabajar domingos y festivos en el día.
A partir del 1 de julio de 2026, entró en vigor el aumento del recargo por laborar en domingos y días festivos (o días de descanso obligatorio) al 90 % sobre el valor de la hora ordinaria. Esta medida forma parte de la implementación gradual de la Ley 2466 de 2025 (reforma laboral), que busca elevar progresivamente este recargo hasta el 100 % en julio de 2027.
Históricamente, el recargo por trabajo en domingos y festivos era del 100%, pero reformas anteriores (como la Ley 789 de 2002) lo redujeron. La Ley 2466 de 2025 restablece su gradual recuperación:
Hasta junio de 2025: 75 %.
Julio 2025 a junio 2026: 80 %.
Desde julio 2026 a junio 2027: 90 % (vigente ahora).
Desde julio 2027: 100 %.
La norma se refiere a “día de descanso obligatorio” (generalmente el domingo, salvo acuerdo escrito entre empleador y trabajador para fijar otro día). Los festivos también aplican. Si el descanso pactado no es domingo, trabajar ese día genera el recargo.
¿Cómo se calcula el pago por hora en domingo o festivo?
El trabajador recibe el valor de la hora ordinaria ($7.959 / cada hora laborada aproximadamente). A esto se le suma un recargo adicional del 90 % sobre el valor de esa hora ordinaria ($7.163 / cada hora laborada en domingo o festivo aproximadamente). Esa sumatoria daría un aproximado de $15.122 por cada hora diurna laborada en domingo o festivo.
Cabe destacar que desde el 15 de julio de 2026, la jornada máxima semanal baja a 42 horas (sin reducción de salario). Esto afecta el cálculo de horas ordinarias mensuales, pero no cambia la lógica del recargo dominical. Es decir, este monto podría aumentar levemente a partir de esa fecha y situarse en aproximadamente 15.800 pesos.




