El hoy imputado aseguró en 2018 que Gladys Rodríguez, quien era rectora de un colegio en Soacha, se había quitado la vida; sin embargo, la Fiscalía apunta a que fue un feminicidio.
La Fiscalía General de la Nación recopiló elementos materiales probatorios que dieron cuenta de la presunta responsabilidad de Jorge Enrique Pulido Gaviria en la muerte de su compañera sentimental, Gladys Rodríguez Cañón, en hechos ocurridos el 10 de octubre de 2018, en Santa Marta, Magdalena.
Inicialmente, el hombre indicó que su compañera se había lanzado desde su apartamento, el cual estaba ubicado en el piso 17 de un edificio, además, aseguró que la mujer reaccionó de esa manera en medio de una discusión de pareja.

Servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) asumieron las actividades de policía judicial para tener claridad sobre lo sucedido. En las verificaciones, entrevistaron a personas allegadas a la víctima, quienes negaron la posibilidad de que la ciudadana se hubiera quitado la vida.
“El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses certificó que la mujer no se encontraba en estado de alicoramiento ni había consumido sustancias psicoactivas o medicamentos que la incitaran a asumir un comportamiento en contra de su integridad”, dijo la Fiscalía.
Inicialmente, el hombre indicó que su compañera se lanzó en medio de una discusión de pareja que tenían. Servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) realizaron análisis físicos y reconstrucciones de la escena en 3D, los cuales fueron contrastados con otras evidencias; y… pic.twitter.com/um3D6HckMb
— Fiscalía Colombia (@FiscaliaCol) July 21, 2024
Los investigadores realizaron análisis físicos y reconstrucciones de la escena en 3D, los cuales fueron contrastados con otras evidencias, y concluyeron que Pulido Gaviria estaría mintiendo. Su versión inicial no coincide con la hallado y todo conduce a que sería el responsable de la muerte.
Por lo anterior, el hombre fue capturado y la Fiscalía le imputó el delito de feminicidio agravado. El procesado no aceptó el cargo y, por disposición de un juez de control de garantías, deberá cumplir medida de aseguramiento en centro carcelario.