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seguimiento pronunciamiento debate presidencial ordenado por el tribunal
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¿Qué pasaría si uno de los dos candidatos apela la decisión del Tribunal sobre el debate presidencial?

Concepto jurídico del abogado Alberto Peña, especialista en Derecho electoral.

En la noche del pasado 14 de junio, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá ordenó el desarrollo de un debate presidencial entre los candidatos Gustavo Petro y Rodolfo Hernández, a más tardar el próximo jueves 16 de junio a través de la televisión pública.

Esta medida se dio como respuesta a una acción de tutela interpuesta por cinco ciudadanos que vieron vulnerado el artículo 40 de la Constitución Política de Colombia que contempla el derecho de los ciudadanos a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político.

¿Y si hay apelación o incumplimiento?

Alberto Peña Alearte, abogado especialista en Derecho electoral indicó a Impacto News que existen varias alternativas en torno al cumplimiento de la disposición dada a conocer por los magistrados: la primera, es que los dos candidatos acaten la decisión y se pueda desarrollar el encuentro.

“Cabe recordar que estas sentencias tienen doble impugnación, esto quiere decir que si uno de los candidatos presenta un recurso de apelación, dentro del decreto 2591 de 1991, el Tribunal tendría cinco días para dar una repuesta y no le alcanzaría el tiempo para dar una respuesta”, expresó el jurista.

Alberto Peña, abogado especialista en Derecho electoral

Peña explicó que en este sentido, al pasar el tiempo dispuesto por el Tribunal, teniendo en cuenta que la contestación se entregaría después de las elecciones, el proceso quedaría cerrado, pues el objeto material se cumplió. Asimismo, si uno de los aspirantes incumple la medida no habría ningún tipo de sanción por la misma razón.

Reacción de los candidatos

El candidato por el Pacto Histórico, Gustavo Petro se refirió a la sentencia emitida por la Sala 010 civil manifestando que: “la justicia ha ordenado realizar el debate presidencial entre candidatos. Es el derecho del pueblo. Estoy listo para ello”.

Por su parte, el aspirante del movimiento Liga de Gobernadores Anticorrupción, Rodolfo Hernández no se ha pronunciado al respecto, teniendo en cuenta que el pasado 2 de afirmó que no asistiría a debates, ya que se convierten en dinámicas de polarización y odio.

Aunque los candidatos tienen en sus manos la decisión de presentarse o no al debate y optar por hacer valer su derecho a la réplica, en este sentido no habría una conexión con los ciudadanos que exigieron respetar el cumplimiento de un derecho fundamental que involucra no solo a los accionantes, sino a millones de colombianos que no cuentan con conectividad a Internet para conocer sus propuestas.

Sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá

2022-01147.-SentenciatutelavsCandidatosPresidenciales.-Noasistenadebates.

Informe: Xilena Robles

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