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secretarios Alcaldía Soledad sancionados por Procuraduría
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Procuraduría destituye e inhabilita a dos secretarios de la Alcaldía de Soledad

De acuerdo con el Ministerio Público, la sanción obedece a irregularidades dentro del proceso de contratación de kits nutricionales durante la contingencia por el Covid-19.

La secretaria general de Soledad, Atlántico, Amalfi Gaviria Ramos; y el secretario de Gestión Social, Deiber Conrado Niebles, fueron los dos funcionarios destituidos e inhabilitados con 8 años por la Procuraduría General de la Nación, al evidenciar que propiciaron manejos irregulares de los recursos durante la pandemia del Covid-19.

De acuerdo con el Ministerio Público, los dos funcionarios de la Alcaldía Municipal de Soledad, incurrieron en practicas indebidas en el desarrollo del proceso de contratación para el suministro de 60.000 kits nutricionales en favor de la población vulnerable, en el marco de la contingencia por el Covid-19.

Así las cosas, el ente de control confirmó que Conrado Niebles, “en calidad de Gestor Social para la elaboración de los estudios previos en la celebración del contrato, no habría incluido en debida forma la codificación y los niveles requeridos en el Código Estándar de Productos y Servicios, según lo establecido por Colombia Compra Eficiente”.

Frente a esto, la Procuraduría concluyó que la organización contratada no contaba con la experiencia, ni la capacidad técnica para para el correcto desarrollo del objeto contractual, siendo allí donde Amalfi Gaviria, como secretaria general, incurre en falta al certificar como idónea la contratación y suscribir el mismo con la fundación El Lirio de los Valles, por un valor de $2.100 millones.

“Estas acciones irregulares comprometieron la efectividad de las medidas implementadas para atender las necesidades de la comunidad en un momento crítico, fomentando falta de diligencia y transparencia en el proceso de contratación, lo que representó un perjuicio evidente para la población vulnerable que esperaba recibir los kits nutricionales durante la crisis generada por la pandemia”, indicó el informe sancionatorio.

En fallo de primera instancia, la Procuraduría delegada de Juzgamiento 2 calificó la falta de los servidores públicos como gravísima, a título de culpa gravísima, por vulnerar los principios de transparencia y legalidad. Consiguiente a esta decisión, añade la prescripción que procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento.

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