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¿Por qué la Corte tumbó la cadena perpetua para violadores y asesinos de niños?

Reacciones del presidente Duque, del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, de la hija de Gilma Jiménez, entre otras.

La aprobación por el Senado y la sanción presidencial de la ley de prisión perpetua para violadores y asesinos de niños se convirtieron en actos de cámaras, protocolos y simbolismos, luego de que este 2 de septiembre la Corte Constitucional de Colombia dijera que eso: “Es un retroceso en la humanización de las penas”.

La ley fue tumbada porque con votación de 6 magistrados contra 3, la Corte declaró inexequible el acto legislativo 1 de 2020 por medio del cual se modificaba el Artículo 34 de la Constitución para suprimir la prohibición de la prisión perpetua y establecer una prisión perpetua revisable.

Esta decisión ha generado decepción e inconformidad en sectores que han luchado por los derechos de los infantes. Foto: Juan David Moreno – Agencia Anadolu

La Corte consideró que el Congreso de la República transgredió su poder de reforma al incluir la pena de prisión perpetua revisable en el Artículo 34 de la Constitución “pues afectó un eje definitorio de la carta como lo es el estado social y democrático de derecho fundado en la dignidad humana y, en consecuencia, sustituyó la Constitución

Cabe recordar, que el Senado había aprobado el 15 de junio el proyecto de ley que buscaba la reglamentación de la cadena perpetua con una aprobación de 67 votos a favor y 14 en contra, y el martes 6 de julio “entró en vigencia” la ley que reglamentaba la prisión perpetua a violadores y asesinos de niños (conocida como Ley Gilma Jiménez), luego ser sancionada por el presidente Iván Duque.

Argumentos en contra del Acto Legislativo

En el comunicado número 33 emitido por la Corte el 2 de septiembre, se expone su análisis del acto legislativo sobre el cual hicieron control de constitucionalidad, la decisión y la síntesis de los fundamentos para esta.

En el documento se indica que el Grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes demandó el Acto Legislativo 01 de 2020 argumentando dos aspectos:

“Un vicio en el proceso de formación de la reforma constitucional; y el segundo, referente a la ausencia de competencia del Congreso de la República para reformar la Constitución, por presentarse, aparentemente, una sustitución de los ejes definitorios de la Carta”.

La Corte determinó no viciar el trámite legislativo de la reforma constitucional, pero sí concluir que con la expedición del Acto Legislativo 01, el Congreso incurrió en un vicio de competencia.

El derecho a la resocialización de la persona condenada es el fin primordial de una pena privativa de la libertad intramural. Este fin esencial de la pena de prisión es acorde con el principio de la dignidad humana, pues solo si se reconoce que la persona condenada puede retomar su vida en sociedad, se comprende que es posible la modificación de su conducta“.

Reacciones tras la noticia

El presidente Iván Duque expresó que los fallos se deben acatar, pero que “seguirá luchando” para lograr la máxima pena para violadores y asesinos de niños; igualmente, manifestó su inconformidad con la decisión al considerar que se le dan más garantías a los victimarios que a las víctimas.

También, expresó: “Miles de niños asesinados y abusados merecen que sigamos la lucha por la prisión perpetua. Esta fue la causa de Gilma Jiménez y la de miles de familias y también la nuestra. En la defensa de las convicciones la perseverancia.

Por su parte, el Colegio de Abogados Penalistas de Colombia aplaudió la decisión de la Corte indicando que en su momento conformaron un equipo de trabajo de abogados y estudiantes de Derechos, con el liderazgo de Andrés Caballero Sierra, junto con el Colegio Colombiano de Psicología, para demandar el acto legislativo.

“El Colegio de Abogados Penalistas de Colombia advirtió desde el primer momento que la aprobación de prisión perpetua suponía una flagrante transgresión a la Constitución Política de Colombia“, expuso.

También, agregó: “Nuestro Colegio reitera su compromiso por la defensa de los Derechos Humanos, rechaza el populismo punitivo y el empleo de los niños, niñas y adolescentes con fines electorales“.

Estas son más reacciones a favor y en contra de la decisión tomada por la Corte Constitucional:

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