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Prohibición encuestas de intención de voto
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Polémica por aprobación de nueva ley que restringe publicación de encuestas de intención de voto

La ley prohíbe la publicación de encuestas de intención de voto durante los tres meses anteriores al inicio de la inscripción de candidatos.

El Congreso de la República aprobó una controvertida reforma a la ley electoral que, una vez sancionada por el presidente Gustavo Petro, restringirá la realización y difusión de encuestas de intención de voto. La medida aplica a todos los comicios nacionales y territoriales, incluyendo las presidenciales de 2026.

En sentido de la nueva norma, las encuestas que indagan sobre intención de voto no podrán publicarse durante los tres meses anteriores al inicio de la inscripción de candidatos. Para las elecciones de 2026, cuya inscripción comienza el 31 de enero de 2026, esto implica una mordaza informativa hasta el 1 de noviembre.

La nueva ley también introduce condiciones rigurosas para mejorar la transparencia y calidad de los sondeos, entre esas que toda encuesta a nivel nacional debe incluir municipios con más de 800.000 habitantes (Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena, entre otros) y demás municipios representativos.

Además, se creará una comisión de estadísticos adscrita al CNE que evaluará metodologías, auditorías y podrá sancionar incumplimientos.

Frente a esta nueva reforma, varias encuestadoras han reaccionado y han advertido que no fueron consultadas durante el proceso legislativo. Adicionalmente, cuestionan la vaguedad de algunos términos de la norma.

Empresas como Invamer y Cifras y Conceptos argumentan que esta “veda” informativa obstaculiza el monitoreo ciudadano y encarece las campañas, además de afectar a las firmas que dependen de estos análisis.

Para algunos analistas, la medida podría limitar el debate público y la transparencia electoral. La directora de la MOE, Alejandra Barrios, dijo que “no se puede restringir la información de las encuestadoras porque eso se llama acceso a la información”.

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