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Denuncia Rappi
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Multa de $500 millones a Rappi por enviar publicidad a un ciudadano sin su autorización

La sanción fue impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio.

Rappi afronta una sanción por enviar correos electrónicos con fines comerciales sin autorización de un usuario. La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, estableció que la compañía deberá pagar $500.324.240 por “reiteradas violaciones al régimen de protección de datos personales”.

La SIC tomó esta decisión a partir de la denuncia que realizó un ciudadano el cual le solicitó a Rappi S. A. S. en cuatro oportunidades no seguirle enviando correos electrónicos comerciales, pero la compañía no atendió su petición.

Además, durante la investigación del caso, la SIC encontró que, presuntamente, Rappi ni siquiera contaba con la autorización previa y expresa del titular para poder usar sus datos con fines de publicidad o mercadeo.

“Los derechos de las personas deben garantizarse de manera oportuna y eficaz. La ley exige a los Responsables del Tratamiento de Datos responder dentro de un plazo concreto y no los faculta para hacerlo discrecionalmente. Los ciudadanos no deben ser sometidos a cargas adicionales por parte de los responsables del uso de datos, máxime cuando estos como titulares no han otorgado su consentimiento sobre su uso, ni desean ser contactados ni molestados con fines comerciales“, detalló el organismo público.

Otro caso similar ocurrido en el 2019

La Superintendencia de Industria y Comercio le impuso en el 2019 una sanción a Rappi de $298.121.760 por no atender debidamente la petición de otro ciudadano que le solicitó no enviarle correos con fines comerciales o de mercadeo.

Rappi se demoró 4 meses y 25 días en responderle la solicitud hecha, cuando debió hacerlo en un plazo máximo de 15 días, y no demostró que existiera la autorización para recolectar y usar los datos de la persona.

En ese entonces, la SIC le ordenó a la compañía adoptar medidas para proteger los derechos de las personas en cuanto al tratamiento de sus datos y abstenerse de enviar correos electrónicos, mensajes, llamar o contactarse por cualquier medio con personas de quienes no tuviesen la autorización.

Las compañías no pueden dar uso arbitrario a los datos de las personas

Por ello, en el reciente caso la autoridad nacional de protección de la competencia, los datos personales y la metrología legal destacó:

La SIC ha emitido guías y recomendaciones, e imparte capacitaciones gratuitas destinadas a diferentes industrias para implementar buenas prácticas en el uso de datos personales, y así evitar sanciones por la reincidencia en estas conductas que vulneran un derecho fundamental. Contra la decisión proceden los recursos de reposición y apelación“.

Informe: Laura Rocco

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