La Alcaldía del municipio emitió el Decreto n.º 038, el cual contempla restricciones.
La Alcaldia de Galapa, Atlántico, emitió el Decreto n.º 038 por medio del cual se adoptan medidas de orden público con ocasión de la Semana Santa en el municipio.
Lo anterior, considerando que es deber de las autoridades municipales garantizar la seguridad, la convivencia ciudadana y la protección de los derechos fundamentales de la población.
Por ello, fue decretada “Ley seca” que consiste en “prohibir la venta, distribución y consumo de bebidas embriagantes en todo el territorio del municipio de Galapa, desde las 06:00 a. m. del día Jueves Santo dos (2) de abril hasta las 11:59 p. m., del día Viernes Santo tres (3) de abril”.
Durante ese tiempo también se prohibirá la “utilización de parlantes y todo tipo de amplificaciones en establecimientos públicos y en sitios abiertos al público, zonas residenciales y demás”.
La presente medida aplica para establecimientos de comercio cuya actividad sea el expendio de licores y bebidas embriagantes con destino al consumo al interior de las tiendas de barrio, grandes superficies y supertiendas, (D1, ARA, Olímpica), droguerías, licoreras, puntos fríos, estancos, supermercados, bares, discotecas y en general cualquier lugar público o privado abierto al público.
Las Inspecciones de policía y comisarías de familia, en actividad conjunta con la Policía Nacional, en el marco de sus competencias, serán las encargadas de velar por el cumplimiento del presente decreto y de imponer las medidas correctivas a que haya lugar, conforme a lo establecido en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (ley 1801 d e 2016).

Sanciones
El incumplimiento de lo dispuesto en el presente
decreto dará lugar a la imposición de las medidas correctivas correspondientes, sin perjuicio de las demás acciones legales a que haya lugar.
El mencionado decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
DECRETO-No-038-27-DE-MARZO-2026-MEDIDAS-ORD-PUBL-SEM-SANTA




