Los exmilitares aceptaron su responsabilidad en por lo menos 135 casos de ejecuciones extrajudiciales, cuyas víctimas fueron presentadas ilegítimamente como bajas en combate.
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ratificó en segunda y última instancia la sentencia condenatoria contra 12 exintegrantes del Batallón de Artillería N.º 2 La Popa, con sede en Valledupar (Cesar), por su responsabilidad en al menos 135 casos de asesinatos y desapariciones forzadas de civiles presentados ilegítimamente como bajas en combate, conocidos como “falsos positivos”.
Los comparecientes, que aceptaron su responsabilidad y aportaron verdad dentro del macrocaso 003 (asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate), recibirán sanciones propias restaurativas de entre 5 y 8 años. Estas no implican prisión, sino la realización de trabajos, obras y actividades orientadas a reparar a las víctimas y contribuir a la no repetición de estos hechos.
Entre las medidas impuestas destaca la construcción de un mausoleo de la memoria en el cementerio de Valledupar, que incluirá osarios y lápidas para dignificar a las víctimas. Los exmilitares también deberán participar en actos de reconocimiento público y proyectos restaurativos en regiones afectadas.

Los hechos ocurrieron principalmente entre 2002 y 2005. Según la investigación de la JEP, integrantes del Batallón La Popa ejecutaron un patrón sistemático que consistía en seleccionar a personas en situación de vulnerabilidad (incluidas algunas en condición de calle), engañarlas con promesas de trabajo o dinero, asesinarlas y presentarlas como guerrilleros dados de baja en combate para obtener beneficios operacionales, ascensos y recompensas.
Esta sentencia representa la primera de la JEP en el subcaso Costa Caribe del macrocaso 003 y marca un hito en el reconocimiento judicial de la magnitud de los “falsos positivos” en esa región. Tres coroneles retirados de mayor rango que no aceptaron responsabilidad enfrentan procesos adversariales, con posibles penas de hasta 20 años de prisión.

La magistrada Ana Manuela Ochoa Arias, ponente del caso, ha enfatizado el carácter sistemático y generalizado de estos crímenes, vinculados a presiones institucionales por resultados operacionales durante el conflicto armado.
Organizaciones de víctimas han valorado el reconocimiento de responsabilidad como un paso hacia la verdad y la reparación, aunque algunas exigen mayores sanciones y la judicialización de mandos superiores. Por su parte, la JEP ha señalado que este fallo abre camino a más decisiones restaurativas en otros subcasos de “falsos positivos”.
Esta confirmación en segunda instancia deja en firme la decisión y cierra el capítulo para estos 12 comparecientes, quienes deberán comenzar el cumplimiento de sus sanciones bajo supervisión del Tribunal para la Paz.



