Las evidencias presentadas por la Fiscalía no lograron demostrar la responsabilidad de la fémina en el homicidio de su esposo.
Luego de muchos años de pugna, la juez 12 Penal del Circuito de Barranquilla decidió emitir fallo absolutorio contra Dayana Jael Jassir de la Hoz, por el homicidio de su esposo, el entonces director de la Regional Norte de Medicina Legal, hechos ocurridos el 4 de mayo del 2016 en el barrio Cevillar.
En medio de la diligencia realizada en las primeras horas de este viernes, la togada argumentó que las evidencias presentadas por la Fiscalía General de la Nación no lograron demostrar a plenitud la responsabilidad de la acusada en el crimen.
Según lo expuesto por el ente persecutor, Dayana Jassir sostenía en su momento una relación extramatrimonial con Johan Beltrán -uno de los condenados por el crimen- y habría sido la determinadora intelectual del mismo.
las pruebas presentadas por la Fiscalía señalaban que ella y el individuo hicieron creer que el asesinato de Pinto había ocurrido en medio de un asalto a la vivienda en la que habitaban, pero las investigaciones determinaron que el crimen fue planeado y premeditado.
Fue así como en su momento se capturó a Johan Beltrán Ulloque; Alberto Mario Cabrera Barrios, Jesús Gutiérrez Arrieta y Miguel Ángel González, quienes fueron imputados y condenados a 19 años de prisión por el homicidio, tras llegar a un preacuerdo con la Fiscalía.
En el caso de Dayana Jassir fue la única de las capturadas que no aceptó cargos e inició ese proceso que se extendió por más de 8 años y que culmina este 8 de noviembre con el fallo absolutorio en primera instancia.
No obstante, el ente acusador apelará la decisión en segunda instancia, por lo que la fémina seguirá vinculada a la investigación y deberá comparecer ante los tribunales cada vez que sea requerida.
Informe y redacción: Luis Ángel Terán