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Luis Alfredo Garavito
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¿Garavito, alias la Bestia, podría acceder a la libertad condicional?

El Inpec aseguró que la solicitud hecha en mayo fue un trámite formal hecho por ley.

Recientemente, salió a la luz pública la solicitud que realizó el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, el 14 de mayo al juez de ejecución de penas y medidas de seguridad de Valledupar sobre la libertad condicional del penado Luis Alfredo Garavito.

El sujeto es un confeso violador y asesino en serie de por lo menos 189 menores de edad, quien permanece en La Tramacúa de Valledupar, cumpliendo su condena a 40 años de prisión, de la cual tuvo 5 años de redención.

El documento fue revelado el 31 de octubre durante el programa Los Informantes de Caracol TV y a raíz de ello se generó una polémica en el país, tras la cual se pronunció el presidente Iván Duque asegurando que Garavito “Es una rata apestosa” y que le indigna pensar en la posibilidad de que salga de prisión.

Por su parte, el Inpec emitió el 1 de noviembre un comunicado en el cual aseguró que no es de su competencia decidir la libertad del condenado, y que la documentación enviada al juez hace parte de un procedimiento que se debe hacer con todos los privados de la libertad, sin excepción de acuerdo al Código de Procedimiento Penal.

“Le corresponde al juez de ejecución de penas y medidas de seguridad conocer de todo lo relacionado con la libertad del condenado que deba otorgarse con posterioridad a la sentencia”.

También, explicó: “El Inpec está en la obligación de entregar esta documentación y es en virtud del análisis de esos documentos, que el juez evalúa de manera objetiva, si procede o no, cualquier subrogado penal”.

Para que el penado acceda a la libertad condicional se debería cumplir con estas tres condiciones del Código Penal en el artículo 64:

  1. Que la persona haya cumplido las tres quintas partes (3/5) de la pena.
  2. Que su adecuado desempeño y comportamiento durante el tratamiento penitenciario en el centro de reclusión permita suponer fundamentalmente que no existe necesidad de continuar la ejecución de la pena.
  3. Que demuestre arraigo familiar y social.

Sin embargo, en este caso no resultó así, dado que un juez negó la solicitud porque no cumplía con el requisito de arraigo y consideró que tampoco ha indemnizado a los familiares de las víctimas. El juez también expuso que Garavito tiene un trastorno de personalidad antisocial para el cual “no existe tratamiento farmacológico o psicoterapéutico” y un trastorno por consumo de alcohol actualmente en remisión.

Luis Alfredo Garavito

Cabe destacar, que según fuentes extraoficiales el condenado no querría salir de prisión debido a que también padece un cáncer de piel, hasta ahora su estado no es grave.

El mayor general Mariano Botero Coy, director del Inpec, especificó que la solicitud hecha hacía referencia a una de las condenas que está purgando Garavito.

“Debe seguir cumpliendo otras penas con medidas intramurales y sin derecho a ningún beneficio o subrogado penal. Sobre el mismo existen 18 sentencias condenatorias y cursan actualmente 26 procesos judiciales en calidad de sindicado. En consecuencia, Luis Alfredo Garavito seguirá recluido en la cárcel de máxima seguridad en Valledupar y en ningún momento se ha dispuesto su libertad por parte del Inpec, ya que dicha decisión es competencia de los jueces de función de penas y medidas de seguridad”.

Por su parte, expertos en materia de leyes aseguran que como la actual condena de Garavito fue hecha antes del 2006, a este no le aplicaría la ley aprobada en el país que impide beneficios para criminales que hayan actuado contra poblaciones protegidas por la Constitución de Colombia, como es el caso de los niños.

Es decir, sí podría acceder a dichos beneficios al cumplir con la 3/5 parte de la condena y los requisitos establecidos que apliquen según el año de su sentencia.

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