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¿Fue legal el Juicio a Jesús de Nazareth, acusado y procesado por el sanedrín por delitos religiosos?

Pilato, como prefecto romano, acomodó las acusaciones en contra del Mesías llevándolo a la cruz porque según sus opositores construiría un nuevo reino y era una amenaza para Roma.

En medio de la conmemoración de la Semana Santa, dos expertos del derecho penal nos comparten su exposición sobre el proceso judicial realizado a Jesús, en la que por mucho años la comunidad ha cuestionado si dicho proceso fue legal o no, inquietud que, dos mil años más tarde, sigue sin resolverse.

Victor Manuel Rios Mercado, abogado especialista en asuntos laborales y pensiones, magíster en Derechos Humanos y Derecho Internacional de la Universidad Libre de Colombia, expresa el siguiente análisis:

La pasión y muerte de Jesús de Nazareth se dio en Jerusalén en una época donde el imperio romano ejercía poder territorial y político desde hacia el año 27 a. c.

Jerusalén y sus ascendientes eran practicantes de judaísmo (religión monoteísta), mientras que los romanos practicaban el politeísmo, circunstancia que a menudo generaba tensiones entre las creencias que trascendían a lo político, sin embargo el dominador procuraba tolerar las prácticas del primero para facilitar el sometimiento, promover el orden y el tributo.

La relatoría de este juicio aparece referenciada en los evangelios de San Marcos, Mateo, Lucas y Juan donde todos coinciden que los sacerdotes del sanedrín (consejo supremo de judíos habilitados para decidir asuntos de estado y de religión) fueron los que decidieron su captura y judicialización por blasfemia al autoproclamarse el hijo del hombre.

Sin embargo, los cargos no ameritaban la pena capital (pena de muerte) sino la dilapidación según la ley judía y finalmente lo terminaron sentenciando y ejecutando los romanos bajo su ley.

Pilato, como prefecto romano y responsable del orden público de su jurisdicción, acomodó las acusaciones en contra del mesías llevándolo a la cruz porque según sus opositores construiría un nuevo reino y era una amenaza para Roma (delito de sedición : promover reuniones tumultuosas y violentas para conseguir un fin político).

Claramente el imperio romano actuó ilegalmente por las presiones sociales y religiosas del judaísmo que veían al Cristo como un agitador al promover nuevas y revolucionarias reglas a la retrograda ley de Moisés.

Por otro lado, el redentor careció de defensa técnica, dado que los evangelios sólo narran que Pilato para sentenciar y ejecutar se vio motivado por una multitud enardecida contaminada por los sumos sacerdotes para dejar en libertad a Barrabás (ladrón y asesino) y condenar a un inocente.

El derecho romano y fuente principal del derecho contemporáneo queda al desnudo en este hecho histórico, donde la autocracia del imperio es un claro ejemplo que la gobernanza baila al son de los caprichos y conveniencias del emperador de turno y que las leyes son inaplicables en sistemas dictatoriales y autoritarios.

El Juicio de Jesús y el debido proceso

Por su parte, Luis Angel Martinez Angel, en su artículo: El Juicio de Jesús y el debido proceso, indica:

En el mundo contemporáneo, a partir de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, por medio de la cual se establece que, toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal; que, toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defesa; derechos estos conocidos como el debido proceso, se han realizado diversos trabajos académicos, al que me sumo, a fin de determinar si en el juicio a Jesús se cumplió con el debido proceso y las reglas de la ley hebrea de aquella época.

En relación al acusado, hay que decir que, Jesús fue un predicador nacido en la provincia de Judea, que creció en el seno de una familia judía en un período en el que la tierra de Israel se encontraba conquistada por el imperio romano, bajo el mando de Tiberio Julio César.

En aquella época, el imperio concedía a las autoridades religiosas judías, (conocidas como el sanedrín, conformado por 71 miembros del pueblo de Israel) el derecho de administrar justicia entre el pueblo según sus propias leyes, pero no les confería el derecho legal para ejecutar a los delincuentes y sólo tenía poder para castigar la blasfemia mediante lapidación, decapitación y degüello.

Según el relato bíblico, fue el sanedrín quien arrestó a Jesús, debido a que a estos les incomodaba la predicación del nazareno. En relación al proceso, hay que decir que, cuando arrestaron a Jesús, nadie había imputado cargos en su contra.

Fue hasta que lo detuvieron que los sacerdotes y el sanedrín buscaron testigos, como se lee en Mateo 26:59 “Y los principales sacerdotes y todo el Concilio[a] procuraban obtener falso testimonio contra Él, con el fin de dar muerte a Jesús, y no lo hallaron a pesar de que se presentaron muchos falsos testigos. Pero más tarde se presentaron dos”. Los procesos de este tipo eran sometidos a la jurisdicción del sanedrín, que hacía la función de juez en cada ciudad de la tierra de Israel.

Los procesos judíos, integraban los principios de: Diurnidad: que señalaba que los procesos debían llevarse a cabo completamente en el día, antes de la puesta del sol; Publicidad: que disponía que las sesiones debían realizarse en una plaza pública; Garantía de Audiencia: que permitía al acusado la posibilidad de defenderse, por sí o a través de cualquier persona judía; y Misma pena para falso testimonio: que señalaba que el testigo que declarara en falso era merecedor de la misma pena correspondiente al delito calumniosamente imputado.

En relación a las irregularidades, Jesús fue acusado y procesado por el sanedrín por delitos religiosos, específicamente por sacrilegio o profanación de lo sagrado. En el orden jurídico hebreo, este delito era sancionado con la pena de muerte por crucifixión.

De acuerdo a lo anterior, se violaron los principios de Diurnidad y de Publicidad, debido a que el proceso y la sentencia no fueron realizados durante el día en la plaza pública, sino que se hicieron durante la noche en la casa de Anás y fue interrogado además por Caifás, ambos sumos sacerdotes.

Además, se violó el principio de Misma pena para falso testimonio debido a que Nicodemo, otro miembro del sanedrín, habría interrogado minuciosamente a los dos testigos presentados contra Jesús, haciéndolos caer en contradicciones y, a pesar de ello, estos habrían logrado escapar sin merecer la pena correspondiente por testificar calumniosamente.

Al encontrarse bajo el régimen del imperio romano, las sentencias de muerte debían ser homologadas por el gobernador designado por el emperador en la provincia respectiva, según lo señalado por el derecho romano, que en ese momento era Poncio Pilato.

Así, una vez sentenciado, Jesús fue llevado ante la presencia de Pilato, a efecto de que este homologara la sanción impuesta por el sanedrín y ordenara su ejecución. En un primer momento, Pilato se negaba a dictar la sanción impuesta por el sanedrín, debido a que no estaba convencido de la culpabilidad del imputado.

Dado lo anterior, Pilato determinó no resolver este asunto, alegando que, al ser Jesús un galileo, la sanción correspondía al tetrarca de Galilea, Herodes Antipas, quien era hijo de Herodes I. Herodes recibió a Jesús, pero únicamente se burló de él, según el relato bíblico, al considerarlo como un loco, y, por este mismo motivo, se negó a juzgarlo. Así, la incompetencia de dictar sanción por razón de territorio no surtió efecto para Pilato por lo que tuvo que recibir a Jesús nuevamente.

Pilato ordenó flagelar al imputado y ponerle una corona de espinas a efecto de poder “sancionar” a Jesús como lo buscaba el sanedrín, sin embargo, el pueblo exigiría la pena capital. Al verse presionado tanto por las autoridades religiosas como por el pueblo, Pilato sentenció que Jesús era culpable del delito de subversión contra el imperio romano, debido a que se autonombró “rey de los judíos”, que resultaba ajeno al orden establecido por el imperio de Tiberio Julio César.

En consecuencia, Pilato ordenó ejecutar la pena de muerte por crucifixión no sin antes lavarse las manos e indicar que dicha muerte no sería su responsabilidad. En relación con el delito por el que finalmente se crucificó a Jesús, fue por el de subversión y no por el de sacrilegio, es decir, murió a causa de un delito político y no por un delito religioso como pretendía el sanedrín, y esto se consta pues, de acuerdo con la tradición romana, en la cruz del sentenciado se colocaba el titulus, una tablilla en la que se especificaba el motivo de la condena.

En este caso, Pilato ordenó poner en la cruz de Jesús la inscripción de “Jesús de Nazaret, rey de los judíos”, con lo cual se hizo referencia al delito político por el cual Pilato lo sentenció a muerte.

Como se puede observar, el juicio que se adelantó contra Jesús estuvo lleno de ilegalidades e irregularidades, por cuanto no cumplió el debido proceso, las reglas de la ley hebrea y los principios de justicia establecidos en su época.

Ruego sea entendido este escrito como un humilde y respetuoso aporte a la difusión, en el marco de la Semana Santa, de lo que fue la vida, muerte y pasión del ser más importante de la historia humana, como lo es Jesús.

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