Unión Temporal SCT MERL S.A.S. advierte sobre irregularidades que se estarían presentando en Mintransporte.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, aperturó un proceso licitatorio para adjudicar a quien reúna los requisitos exigidos en los pliegos, la desintegración de vehículos y misceláneos decomisados por esta entidad.
Dicho proceso inició el 16 de junio de 2023, con fecha de cierre para el 24 de agosto de 2023.
La empresa Unión Temporal SCT MERL S.A.S., identificada con NIT 900.613.547-2, a través de su representante legal, Alberto Rojo Pérez, advierte, a través de Impacto News, de un posible detrimento patrimonial que estaría ocurriendo desde hace varios años y que podría repetirse en este proceso licitatorio de chatarrización vehicular de la DIAN.
El empresario denuncia que “se podría presentar nuevamente un hecho similar a lo ocurrido con la Alcaldía de Medellín, en el año 2022, con el proceso de desintegración de vehículos decomisados por la Secretaría de Movilidad”.
El diario El Colombiano, en su publicación del 21 de mayo de 2022, ¿Están feriando la chatarra de los carros abandonados en los patios de Medellín?, informó: “La vencedora de este proceso fue la Unión Temporal RYM, la cual tiene sede en Cartagena, ya que ninguna otra empresa se pudo presentar”.
Alberto Rojo expresa que una situación similar como la ocurrida en Medellín, en donde se habría eliminado de forma irregular a los demás competidores, se estaría presentando en el actual proceso licitatorio de la Dian.
“Este proceso, SUABSU 00-002-2023, de desintegración vehicular que viene adelantando la DIAN, podría representar un detrimento patrimonial en la arcas del Estado por un valor superior a los 15.000 millones de pesos”, indicó Rojo Pérez.
“De acuerdo a nuestras investigaciones, este presunto detrimento se vendría realizando de forma sistemática y reiterativa por parte de la UNIÓN TEMPORAL RYM SAS, en diferentes licitaciones, denuncias formales que junto a otros afectados hemos radicado ante los entes de control”, agregó.
“Este hecho lo podemos corroborar de acuerdo a la denuncia presentada por el señor William Ojeda Contreras ante la Fiscalía General de la Nación, en contra de Rafael Naranjo Pérez, quien hace parte de la UNIÓN TEMPORAL RYM S.A.S, por presunto constreñimiento, tráfico de influencias y amenazas”.
Conversación entre William Ojeda de Chatarrización y Desintegración de Vehículos TL y Rafael Naranjo de UNIÓN TEMPORAL RYM S.A.S, parte 1:
“De acuerdo a los audios, se puede deducir cómo el señor Naranjo estaría, presuntamente, constriñendo a William Ojeda para evitar la asociación con nuestra empresa, Unión Temporal SCT MERL S.A.S, y así neutralizar nuestra participación en el respectivo proceso, dado que para cumplir con los requisitos de licitación exigidos por la Dian, es obligatorio que el oferente tenga una sede en la ciudad de Cúcuta, según documento colgado en la plataforma oficial SECOP II:
5.2.5. Otros requisitos adicionales de proponente
2. Relación de sedes o centros de acopio a nivel nacional
“Como mínimo el representante legal del proponente y/o cada uno de los integrante del proponente plural deberá acreditar que cuenta con un (1) centro de acopio en las ciudades de Cartagena y/o Barranquilla, Cali, Bogotá, Cúcuta y Medellín”.
En efecto, nuestra empresa Unión Temporal SCT MERL S.A.S no cuenta con centro de acopio en Cúcuta, más sí, la empresa Chatarrización y Desintegración de Vehículos TL, lo cual nos motivó a hacer una alianza estratégica, previa conversación con William Ojeda, para poder participar en el proceso de la Dian y así cumplir con los requisitos establecidos en los pliegos del proceso.
Conversación entre William Ojeda de Chatarrización y Desintegración de Vehículos TL y Rafael Naranjo de UNIÓN TEMPORAL RYM S.A.S, parte 2:
Este segundo audio permite entrever la relación que existe entre las presuntas amenazas hechas al señor Ojeda y los hechos ocurridos posteriormente, iniciando con el cierre, de manera sorpresiva, por parte de la Superintendencia de Transporte, a la empresa Chatarrización y Desintegración de Vehículos TL, con sede en Cúcuta.
Luego de esto, SCT Merl SAS inicia gestión para aperturar sede en Cúcuta, a lo cual, también, de manera sorpresiva, la Supertransportes nos realiza un cierre de operaciones de desintegraciòin de carga en las sedes de Medellín y Bogotá, lo cual implica que nuestra empresa no pueda participar en el proceso, ya que los requisitos exigen 4 sedes en estas ciudades, situación que a nuestro parecer, se hizo de forma irregular, sin el debido soporte jurídico, lesionando el derecho al trabajo de nuestros colaboradores y a la legítima defensa.
Para corroborar que nuestra empresa siempre ha cumplido con los requisitos exigidos por el ente gubernamental para la habilitación de las sedes, en el año 2022, Mintransporte, a través de la subdirectora de Tránsito, Ángela Aldana Naranjo, certificó mediante radicado No. 20224100403651, que las 4 sedes de nuestra empresa estaban habilitadas y vigentes.
Curiosamente, para la fecha de mayo 19 de 2023, mediante radicado No. 202341000051573, la misma funcionaria Aldana de Mintransporte, certificó a la Agremiación de Transporte de Carga ATC, que nuestra empresa Unión Temporal SCT MERL S.A.S solo cuenta con dos sedes habilitadas: Barranquilla y Cali, sin soporte legal justificatorio, coincidiendo con el proceso de licitación de la Dian, con la denuncia presentada por William Ojeda y con nuestra actual imposibilidad de participar en el proceso.
Nuevamente, el día 29 de junio de 2023, Aldana Naranjo emitió una certificación de las sedes habilitadas de las empresas desintegradores de carga, en la cual, cuando menciona a nuestra empresa, Unión Temporal SCT MERL S.A.S, aparecen las 4 sedes habilitadas, incluidas, Bogotá y Medellín, pero colocan en la certificación la frase: “Sin Resolución en expediente”.
Cuatro días después, Aldana Naranjo emitió una nueva certificación con fecha de julio 5 de 2023, en la cual colocan, nuevamente, nuestras 4 sedes con una casilla denominada: “En validación”, al igual que el resto de sedes de empresas desintegradoras habilitadas.
Esto nos llama poderosamente la atención, dado que solamente a nosotros se nos aperturó una investigación cuando el resto de empresas también están en validación, como lo establece la más reciente certificación.
Podemos observar en la certificación que la empresa Diaco presenta nuestra misma situación jurídica, pero no se les ha aperturado ninguna investigación por parte de la Superintendencia. Cabe resaltar que Diaco tiene una sola sede operativa, por lo tanto está impedida para participar en dicha licitación.
Lo más grave es que tenemos conocimiento que desde el año 2017 existen denuncias en contra de Unión Temporal RyM SAS, y es hasta la fecha de 6 de febrero de 2023 cuando Mintransporte, en el auto E-248 del 2020, establece la presunta responsabilidad de sus funcionarios, quienes emitieron la primera habilitación a la unión temporal RYM SAS,, al igual que a otras empresas desintegradoras que desde 2019, se tenía conocimiento por parte de la Superintendencia de Transporte y el Ministerio de Transporte de los incummplimientos, pero les han permitido hasta la fecha continuar con sus operaciones, ocasionando a las entidades contratantes del Estado incurrir en el presunto delito de celebración indebida de contratos sin el cumplimiento de los requisitos legales.
Todas estas actuaciones, a nuestro parecer, concluyen en que estas medidas se han tomado para evitar que nuestra empresa puede participar en la subasta del proceso licitatorio, dejando solamente un solo oferente (Unión Temporal RYM SAS) como posible ganador de este proceso, a nuestro parecer, de forma irregular, y así establecer la compra de chatarra con el precio base y evitar encarecer este precio a través de la puja, situación planteada en los audios por el señor Rafael Naranjo Pérez cuando afirma: “No me van a encarecer el negocio”.
Estas actuaciones, presuntamente, irregulares por parte de un contratista, podrían conducir a un detrimento patrimonial del Estado, dado que la chatarra se compraría a un precio menor del mercado.