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Defensa de Martha Sepúlveda interpone tutela por cancelación de eutanasia

Los abogados llegarán hasta las últimas instancias judiciales para proteger los derechos fundamentales de la paciente.

Una nueva lucha se avecina en la vida de Martha Liria Sepúlveda luego de recibir la notificación por parte de la IPS Incodol -Instituto Colombiano del Dolor, de la cancelación de la eutanasia que tenía programada el pasado domingo a las 7:00 de la mañana, y que la convertiría en la primera persona en recibir este procedimiento sin tener un diagnóstico terminal.

Notificación por parte de la IPS

Los abogados del Laboratorio de Derechos Sociales y Culturales, DescLab y defensores de Sepúlveda, manifestaron que la notificación recibida no tenía soportes como las firmas que dieran fe de la nueva decisión tomada por el Comité de Médicos. Adicional agregaron que: “Martha no ha recibido llamadas de la IPS Incodol ni una explicación clara del porqué el cambio de evaluación de su caso”.

Asimismo, los juristas dieron a conocer que en acta que le da nulidad al procedimiento, decía que “la paciente tiene altas probabilidades de expectativa de vida mayor a seis meses, por lo tanto no cumple a la fecha con el criterio de terminalidad y se decide en consenso cancelar el procedimiento de muerte digna a través de la eutanasia”.

La organización argumenta que a Martha Sepúlveda se le violó su derecho a la vida digna. Por ello interpondrán una acción de tutela para que sea la justicia quien proteja su decisión, que en primera instancia fue aprobada por la junta médica.

Cancelación del procedimiento

Según el comunicado entregado por la IPS, los profesionales de la salud, miembros del Comité Científico Interdisciplinario para el derecho a morir con dignidad, se reunieron nuevamente para estudiar de manera minuciosa la solicitud hecha por la paciente, concluyendo “de manera unánime la cancelación del procedimiento”.

Según el comunicado entregado por la entidad de salud, esta nueva decisión se basó en el 26.6 del artículo 26 de la Resolución 971 de 2021 del Ministerio de Salud y Protección Social “que le asigna, dentro de sus funciones, revisar el trámite de la solicitud y el procedimiento eutanásico completo, a fin de detectar alguna situación que afecte el desarrollo del mismo”.

Informe: Xilena Robles

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