El Mineducación aclaró que “el rector fue nombrado bajo la figura de vigilancia especial que le otorga la Ley 1740 de 2014, lo que permite reemplazar directivos de instituciones en crisis sin concurso ni convocatoria pública”. Jorge Senior afirma que sí concluyó su maestría, pero que por razones ajenas a su voluntad aún no ha recibido el título que lo acredite.
Recientemente, se conocieron denuncias contra el rector de la Universidad Autónoma del Caribe —Uniautónoma—, Jorge Senior, por supuestas irregularidades y falsedades en su hoja de vida a cuenta de una supuesta maestría que no tiene o de la que no ha recibido título aún.
El directivo de esa alma mater emitió un comunicado defendiéndose de las acusaciones y aseguró que su hoja de vida siempre ha sido de conocimiento del Ministerio de Educación Nacional y, por tanto, no tendría por qué mentir sobre su formación académica y profesional.
“Ni antes, ni ahora, he afirmado tener título de maestría”, afirmó Senior.
Agregó que ha sido designado como rector teniendo en cuenta su formación de pregrado y experiencia de más de 25 años en educación, ciencia, tecnología e innovación. Además, sustenta que así lo permiten las normas aplicables de orden nacional que rigen los casos de vigilancia especial que adelanta el Ministerio de Educación a las Instituciones de Educación Superior del país.
En materia, el rector de la Uniautónoma precisó que sí culminó una maestría, pero no ha obtenido el título por razones administrativas ajenas a su voluntad. Mencionó que la consignación de esa formación académica obedeció a una imprecisión y que esa información fue corregida hace más de un mes.
“Habiendo sido alertado de una imprecisión en mi CvLAC se procedió, hace más de un mes, a efectuar su corrección. Se trataba de una formación de maestría concluida, pero de la que no obtuve grado por razones administrativas ajenas a mi voluntad. Por transparencia, incluso, también se informó al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación. En el aplicativo CvLAC, entre otras, agregaré la información de otra maestría de la que seré próximo graduado”, puntualizó Jorge Senior.
Concluyó su pronunciamiento acotando que esta polémica obedece a pugnas políticas y a la desinformación.
“Entiendo, como humano que soy, la pugnacidad política. Entiendo, también, las tentaciones de la desinformación. Lamento la degradación del debate público y el ataque personal. Mi llamado, con todo, es a cuidar la universidad”, finalizó.
Las denuncias fueron realizadas por la Organización Sindical de la Universidad Autónoma (Osiautónoma) y el Sindicato de Trabajadores de la UAC (Sintrauac), quienes mencionaron que el rector solo cuenta con el título de licenciado en Filosofía, por lo cual pidieron que se investigue si incurrió en falsedad ideológica en documento público, un delito contemplado en el artículo 296 del Código Penal.
Por el momento, el Ministerio de Educación ha referido que el rector fue nombrado bajo la figura de vigilancia especial que le otorga la Ley 1740 de 2014, lo que permite reemplazar directivos de instituciones en crisis sin concurso ni convocatoria pública. La cartera también aclaró que Jorge Senior cumplió con los requisitos establecidos en la Resolución No. 000330 del 12 de enero de 2024, vigente al momento de su designación.
Estos requisitos fueron, según el ministerio:
- Título profesional y de posgrado (o cinco años adicionales de experiencia en su defecto).
- Cinco (5) años de experiencia relacionada con el sector de educación superior.
- No presentar antecedentes penales, disciplinarios, administrativos en el sector educativo ni fiscales.
- No estar incurso en inhabilidades, incompatibilidades o conflictos de interés.
“El señor Jorge Enrique Senior Martínez cumple con los requisitos exigidos tanto en la Resolución No. 000330 de 2024 como en la No. 007482 de 2024, ya que su hoja de vida acredita más de 25 años de experiencia en el sector educativo. Por tal motivo, no es procedente suministrar los documentos solicitados en los numerales 1 y 2 de la petición, dado que la designación, evaluación y aprobación de la hoja de vida del rector es competencia exclusiva del Ministerio de Educación Nacional, en el marco de sus facultades de inspección y vigilancia, conforme a la Ley 1740 de 2014 y el Decreto 2070 de 2015″, resaltó el ministerio.
2025-EE-217064




