La mujer solicita que se le autorice el suicidio médicamente asistido, figura distinta a la eutanasia.
La Corte Constitucional estudia el caso de Catalina Giraldo Silva, una psicóloga colombiana de 30 años de edad que solicita que se le permita acceder al suicidio médicamente asistido, procedimiento distinto a la eutanasia y que actualmente no cuenta con una regulación específica en el país.
La mujer argumenta que enfrenta un profundo sufrimiento derivado de trastornos de salud mental y sostiene que su decisión ha sido tomada de manera libre, informada y consciente. Por ello, busca que se reconozca su derecho a recibir ayuda médica para “poner fin a su vida de manera digna”.
El caso ha abierto nuevamente el debate sobre los límites de la autonomía personal, la salud mental y el alcance de los derechos relacionados con el final de la vida en Colombia.
”Quisiera poder apagar esas voces, ese malestar, la mayor parte del día eso está contigo a donde vayas, incluso, si voy a dormir se va conmigo, no me deja descansar, no me deja en paz”, indicó en entrevista para Caracol Noticias la mujer que diagnosticada con trastorno depresivo mayor, trastorno límite de la personalidad y trastorno de ansiedad no especificado, con curso crónico, recaídas frecuentes, ideación suicida de base e importante afectación funcional.

A diferencia de la eutanasia, en la que un profesional de la salud administra directamente el procedimiento para causar la muerte del paciente, el suicidio médicamente asistido implica que el médico proporciona los medios o medicamentos para que sea la propia persona quien realice el acto final.
La discusión llega a la Corte Constitucional luego de que la solicitud de Giraldo Silva generara cuestionamientos jurídicos y médicos sobre la posibilidad de aplicar este tipo de procedimientos en pacientes con padecimientos psiquiátricos. Inicialmente, Catalina hizo solicitud del procedimiento a la EPS Sanitas, pero esta la rechazó porque el mismo no ha sido regulado. Por ello, procedió a radicar una tutela.
El análisis de la tutela por parte del alto tribunal podría sentar un precedente sobre el acceso a la muerte médicamente asistida en Colombia y sobre las condiciones en las que una persona con trastornos mentales podría ejercer este derecho.
Por ahora, la Corte deberá determinar si el Estado y el sistema de salud están obligados a garantizar este tipo de asistencia bajo criterios de dignidad humana, autonomía y libre desarrollo de la personalidad, y si el Congreso debería priorizar el debate de un proyecto de ley al respecto.




