El Ministerio Público había destituido e inhabilitado al exmandatario de la capital de Bolívar por presuntas irregularidades en la firma de un contrato para la compra de 10 mil pruebas de Covid-19.
Luego de un estudio minucioso a una apelación presentada, el Consejo de Estado le dio la razón al exalcalde de Cartagena, William Dau Chamatt, y anuló la sanción que le impuso la Procuraduría General de la Nación, relacionada con una destitución e inhabilidad para ejercer cargos públicos por nueve años.
La máxima autoridad de lo contencioso-administrativo concluyó que dichas decisiones eran arbitrarias, transgredieron el ordenamiento jurídico y ordenaron la sanción por hechos que no configuraban ninguna falta disciplinaria.
La defensa de Dau había denunciando que las sanciones impuestas al exalcalde se enmarcaron en un patrón de persecución política y judicial, destinado a silenciar una voz incómoda y opositora para los intereses tradicionales de poder.
El Ministerio Público, bajo el liderazgo de Margarita Cabello, había impuesto la sanción a William Dau por presuntas irregularidades en la adquisición de 10 mil pruebas rápidas para el diagnóstico del COVID-19 durante el año 2020.
El ente encontró que el exmandatario de la Heroica era responsable disciplinariamente por permitir la contratación con la empresa Ventas, Distribución y Marketing Ltda., que no tenía la capacidad para suministrar las pruebas requeridas.
No obstante, el Consejo de Estado en su fallo dejó claro que no se presentó un detrimento del patrimonio público, ni se desconocieron los principios de la contratación estatal en la suscripción del contrato. Asimismo, recalcó que esta se realizó bajo la figura de urgencia manifiesta, habilitada durante la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno nacional en 2020, lo que eximía al entonces alcalde de elaborar estudios previos o justificar de manera ordinaria el proceso.
“La Sala concluye que el fallo de primera instancia del 5 de julio de 2024, proferido por la Procuraduría Delegada de Juzgamiento 1, así como el fallo de segunda instancia del 21 de noviembre de 2024, emanado de la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular de la Procuraduría General de la Nación, expedidos en el curso del proceso con radicado IUS-E-2020-222291 / IUC-D2020-1506379, en cuanto atañe al señor William Jorge Dau Chamatt, fueron contrarios a derecho”, resolvió la corporación.
Tras conocer la decisión del alto tribunal, William Dau se pronunció y sentenció que el fallo reivindica la democracia colombiana y que la verdad siempre termina imponiéndose.
“Esta sentencia confirma lo que siempre denuncié: que fui víctima de una persecución política y judicial destinada a silenciar mi voz y excluirme de la vida pública”, exclamó el exalcalde de la Ciudad Amurallada.
De este modo, la sentencia del ente disciplinario queda desacreditada y William Dau podrá ejercer cualquier cargo público o de elección popular.
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