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Consejo de Estado negó medida cautelar que buscaba suspender la intervención a EPS Sanitas

La petición la hizo Cambio Radical y pretendía declarar la suspensión de la resolución que ordenó la intervención a la EPS por parte de la Supersalud.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado resolvió negar la solicitud de medida cautelar de suspensión provisional de los efectos de la resolución expedida por la Superintendencia Nacional de Salud sobre la intervención a la EPS Sanitas.

La decisión del alto tribunal se dio tras el primer análisis de una demanda que interpuso el partido Cambio Radical con la que pretendía que se declarara la suspensión de la resolución de intervención a EPS Sanitas en abril del año en curso.

El Consejo de Estado indicó dentro de sus consideraciones que la decisión de la Superintendencia Nacional de Salud se fundamentó, no solo en “normas de carácter reglamentario, sino también en disposiciones constitucionales y leyes que, en criterio de la demandada, eran aplicables a la toma de posesión”.

Dentro del acápite de la demanda, uno de los argumentos que expuso Cambio Radical era que no existía el respectivo expediente administrativo por parte de la Supersalud, como en su momento lo sostuvo la misma Procuraduría General de la Nación, luego de una visita realizada a la entidad.

En discrepancia, el alto tribunal precisó que la Supersalud “sí aportó antecedentes administrativos del acto acusado, dentro de los cuales se encuentra el concepto técnico con fecha 1°. de abril de 2024, que le sirvió de sustento”, lo que soporta debidamente la decisión de intervenir la EPS Sanitas, es su función de inspección, vigilancia y control.

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