impactonews.co

9AD01DBC-465C-4C51-9B0C-E44A368997EC
Picture of Impacto News

Impacto News

¡Colombia elige presidente!: Lo que debe saber a la hora de votar

12.513 puestos de votación fueron habilitados para ejercer el derecho al voto.

Este domingo 29 de mayo, los colombianos saldrán hacia los 12.513 puestos de votación asignados en todo el territorio por la Registraduria Nacional del Estado Civil, para elegir al nuevo presidente de Colombia 2022-2026.

El registrador Alexander Vega reiteró que el único documento que será aceptado por los jurados de votación es la cédula de ciudadanía, ya sea física o digital, no estará permitido la presentación de otro documento.

Horario y consulta de puntos de votación

Los votantes que aún no tengan claro cuál es su puesto de votación podrán ingresar a la página Infovotantes Elección Colombia, en la parte izquierda del sitio elegir el botón “lugar de votación“, digitar su cédula y de inmediato le saldrá el punto, la zona y la mesa donde usted podrá ejercer su derecho al voto.

Cabe recordar que la jornada iniciará a las 8:00 de la mañana y finalizará a las 4:00 de la tarde, por ello es recomendable salir en ese periodo de tiempo para evitar contratiempo al finalizar el horario establecido.

Recomendaciones al recibir el tarjetón

Para estos comicios, los electores recibirán solo un tarjetón donde aparecerán las caras de los seis candidatos junto a sus fórmulas vicepresidenciales que se encuentran activos en la disputa y estarán los rostros de los dos aspirantes que declinaron, usted deberá marcar el candidato de su preferencia sin salirse del recuadro.

En caso de equivocarse, puede solicitar otro tarjetón y pedirle al jurado anular el anterior.

Muchos ciudadanos se preguntan qué sucede si el tarjetón no tiene la firma del jurado de votación que se encuentra al reverso del mismo. Ante esto, la Registraduría indicó que si se percatan de ello, pueden solicitársela al jurado.

“Si se introduce esa tarjeta electoral de forma inadvertida en una urna sin la firma del jurado, no significa que se invalide, porque al final el jurado de votación tiene que hacer un recuento de los votos que encuentran en la urna y debe contrastarlos con el registro general de votantes”, aseguró la entidad.

Beneficios de ejercer su derecho al voto

  • Derecho a medio día de descanso remunerado o un día completo si fue jurado de votación. Deberá solicitarse 30 días después de la elección. Este beneficio se encuentra en la ley 403 de 1997, en el artículo 3°.
  • Rebaja en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio: un mes, soldados bachilleres y dos meses para soldados campesinos o soldados regulares y un descuento del 10% en la compra de la libreta militar.
  • Descuento del 10% en el costo de la matrícula para estudiantes de instituciones universitarias públicas.
  • Descuento del 10% en el costo del pasaporte.
  • Los jurados de votación tienen derecho a un día completo de descanso.

COMPARTE ESTE ARTÍCULO

DEJA TU COMENTARIO

error: