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CIDH ordena al Estado cumplir una sentencia judicial desacatada por más de 14 años en Magdalena

El Gobierno de turno deberá pagar una millonaria indemnización a dos personas que demandaron a dos hospitales del Magdalena tras la muerte de su madre por un error médico en 2003.

Por: Lawyers For Everyone

Los hechos de este “macondiano caso” se remontan al año 2003 en el municipio de Pueblo Viejo, Magdalena, cuando los menores, hoy mayores de edad Damián y Elieceth Ojeda demandaron a las E.S.E Hospitales Locales San José de Pueblo Viejo y E.S.E San Cristóbal de Ciénaga para el reconocimiento de perjuicios por que le habían ocasionado la muerte de su progenitora por un error médico.

La sentencia fue emitida por los jueces administrativos de Santa Marta a su favor el 6 de Agosto del 2010 por una millonaria suma; y hasta la presente fecha ninguno de los gerentes de turno ha tenido la intención de pagarla alegando déficit presupuestal por el no giro de partidas provenientes del Ministerio de Salud y echando culpa a sus antecesores gerentes nombrados a dedo y por capricho del político de turno.

Actualmente, la deuda está quintuplicada (representa 5 veces el valor inicial) por la mora en el cumplimiento de una orden judicial y la indebida administración de recursos a nivel municipal y departamental a cargo de los gerentes de estos hospitales.

La firma de abogados Lawyers For Everyone escalonó estos actos de corrupción administrativa y presupuestal a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos -CIDH- en el mes de octubre del 2024 y el pasado 15 de mayo informó que ha mandado nota de admisibilidad directamente a la Presidencia de la República de Colombia, cuyo titular es Gustavo Petro, ordenándole cumplir la decisión judicial de hace mas de 14 años en un término máximo de 3 meses, porque los servidores públicos delegados no la han querido cumplir.

“Cuando la CIDH remite petición al Estado por queja de ciudadanos le da un plazo no mayor a tres meses , para que éste pueda presentar una respuesta. En ese momento la petición será considerada procesalmente lista para la elaboración de un informe en el que se adoptará una decisión sobre la admisibilidad de la petición. Si resulta admisible esta queja ante el Sistema Interamericano, la Comisión notificará a las partes el informe de admisibilidad y pasará a la etapa de fondo, en la cual se determinará si el Estado es responsable por la violación de uno o más de los derechos y libertades consagradas en los tratados internacionales del Sistema Interamericano de Derechos Humanos sobre los cuales la CIDH tiene competencia”.

“Si hay renuencia del Estado a cumplir, vendrán sanciones que dejarán muy mal parado al estado Colombiano y reconocerán también reparaciones materiales adicionales y simbólicas a las víctimas. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, es un instrumento legal con el que cuentan los particulares cuando por la vía judicial interna de los estados no se pueden cumplir los derechos fundamentales, en este caso se violó el plazo razonable judicial”, explicó el abogado Victor Rios Mercado.





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