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Alerta amarilla hospitalaria (2)
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Atlántico declara alerta amarilla hospitalaria ante bloqueos y manifestaciones

La medida garantiza la prestación de los servicios de salud mediante planes de contingencia en hospitales, clínicas y servicios de ambulancia.

La Secretaría de Salud del Atlántico, a través de la Resolución 05496 de 2024 declaró la alerta amarilla hospitalaria en el departamento por motivo de la alteración del orden público debido a bloqueos y manifestaciones por fallas del fluido eléctrico en los municipios.

Como parte de las medidas preventivas para proteger la salud pública, la administración departamental busca garantizar la prestación de los servicios de salud, enmarcándose en los principios de protección comunitaria y precaución para salvaguardar la vida e integridad física y mental de la población.

Con el objetivo de anticipar posibles contingencias y responder de manera efectiva ante emergencias, se han implementado medidas que abarcan tanto a las entidades públicas como privadas del sector salud que incluyen hospitales, clínicas, centros de salud y servicios de ambulancia.

La Secretaría de Salud del Atlántico reiteró a todas las instituciones del Sistema General de Seguridad Social en Salud garantizar la continuidad de los servicios durante el periodo de alerta. Para ello, es esencial contar con los recursos de infraestructura, transporte, equipamiento y personal médico necesario.

Luis Carlos Fajardo Jordán, secretario de Salud del Atlántico, señaló que, ante las recientes afectaciones causadas por fuertes lluvias y vientos, la red de salud departamental ha sido reforzada para atender a la comunidad las 24 horas del día, los 7 días de la semana.

“El recurso humano en salud se ha reforzado, toda el área de urgencias, de cirugías, laboratorios y servicio de ambulancias. Estamos preparados para atenderlos y ayudar en cualquier momento”, afirmó e invitó a la gente a reportar de manera oportuna cualquier situación que requiera atención inmediata.

La Secretaría de Salud departamental dio instrucciones precisas a los integrantes de la Red de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, es decir a las aseguradoras como a las IPS, para entregar e implementar los Planes de Contingencia, como medida de preparación que les permita garantizar una respuesta inmediata, oportuna, adecuada e integral en caso de presentarse una situación de emergencia, y así desplegar una serie de estrategias e intervenciones encaminadas a la sensibilización y concientización de la comunidad sobre los riesgos y las repercusiones en la salud de la misma frente a posibles hechos de alteración del orden público.

La resolución también obliga a las EPS e IPS a asegurar la disponibilidad operativa que incluye suministros de medicamentos, unidades de sangre, sueros antiofídicos y demás insumos médicos. Estas entidades deben mantener actualizado el inventario de recursos en la plataforma del Centro Regulador de Urgencias, Emergencias y Desastres (Crued).

Cierre de vías

En respuesta al cierre de vías y con el fin de prevenir un posible desabastecimiento de medicamentos, combustible y otros insumos esenciales, cada prestador debe coordinar con sus proveedores para evitar carencias que comprometan la prestación de los servicios de salud. Además, se priorizará la atención de emergencias sobre procedimientos ambulatorios programados.

La red hospitalaria también deberá reforzar los equipos médicos y notificar de inmediato cualquier evento de salud pública o epidemiológico al CRUED, incluyendo casos de intoxicaciones, heridos por armas o accidentes de tránsito, entre otros.

Se enfatiza en la obligatoriedad de la atención inicial de urgencias dentro del nivel de atención, grado de complejidad y capacidad instalada de cada prestador de servicios de salud, apoyándose cuando así se requiera en el sistema de referencia y contra referencia para traslados a instituciones de mayor complejidad.

Se recuerda que las ambulancias y servicios de salud están identificados con el emblema de Misión Médica, el cual cuenta con protección especial bajo las normas de derechos humanos. Cualquier eventualidad debe ser reportada inmediatamente al CRUED, a través de los canales oficiales de contacto.

Las instituciones de la Red Pública y Privada Hospitalaria Departamental en caso de presentarse alguna eventualidad deberán reportarse de manera inmediata al Centro Regulador de Urgencias, Emergencias y Desastres – Crued a los números telefónicos: 605 3234316 – 605 3309000 Extensión 5131, teléfono celular – Whatsapp de Trámites y Quejas: 3177026478. Salud Mental 24 Horas: 3176218394; correo: cruedop01@atlantico.gov.co, saludmental@atlantico.gov.co o por cualquier medio de comunicación.

El Crued garantiza el funcionamiento del sistema de referencia y contra referencia de pacientes y coordinación con la Red Hospitalaria para la oportuna prestación de servicios de Salud, durante las 24 horas del día.

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