“El Programa de Mejoramiento de Vivienda es la obra más grande y sentida que hacemos por nuestra gente”, expresó el mandatario local.
Este viernes 2 de agosto el alcalde Alejandro Char anunció que el Programa de Mejoramiento de Vivienda ya dio frutos en los barrios Santo Domingo de Guzmán y Santa María, en la localidad Metropolitana de Barranquilla, Atlántico.

“Este no es un viernes cualquiera, hoy empieza una nueva vida para varias familias de los barrios Santo Domingo de Guzmán y Santa María. El Programa de Mejoramiento de Vivienda es la obra más grande y sentida que hacemos por nuestra gente, ¡de la puerta de sus casas pa’ adentro!”, expresó el mandatario local.
Sobre la vivienda de una de las beneficiarias, el alcalde expresó: “Quiero que vean cómo quedó la casa de Jaqueline. Esto es un verdadero cambio extremo y no puedo estar más feliz por su bella familia”, gestión que ha sido aplaudida por los habitantes del sector.
Quiero que vean cómo quedó la casa de Jaqueline. Esto es un verdadero cambio extremo y no puedo estar más feliz por su bella familia. pic.twitter.com/eEmjaaodq8
— Alejandro Char (@AlejandroChar) August 2, 2024
Cabe resaltar que este 2024 serán 8.270 viviendas las cuales serán intervenidas con el programa. Así, las personas interesadas podrán dirigirse a las oficinas en el primer piso de la Alcaldía Distrital, donde hay habilitadas cuatro ventanillas para que las personas interesadas presenten su documentación.
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Para ser beneficiario de este programa, la Alcaldía de Barranquilla señaló que se debe cumplir con una serie de requisitos y con la siguiente documentación:
1. Fotocopia de la cédula.
2. Fotocopia de Sisbén actualizado en cualquiera de los grupos A, B y C (desde C1 hasta C18).
3. Fotocopia de un recibo público.
4. Fotocopia del recibo de impuesto predial año 2024 con avalúo hasta de $175.000.000.
5. Documento de propiedad de la vivienda: escritura pública, escritura protocolaria, documento de posesión, documento de compra y venta, declaración juramentada, certificado de libertad y tradición actualizado a la fecha. Cualquiera de los documentos anteriores.
6. El inmueble debe estar destinado a predio habitacional. Si se encuentra en el recibo del predial como destino no clasificado, industrial, institucional, cultural y comercial no aplica para ser postulado.
7. Si el predio aparece en zona de amenaza alta, según se verifique en la Secretaría de Planeación, no aplica para el programa.
8. La casa debe estar estructuralmente en buen estado y en material de mampostería.
9. El mejoramiento va dirigido a estratos 1 y 2.
10. El predio debe estar ubicado en un barrio priorizado para la ejecución del programa.
11. No haber sido beneficiado en años anteriores.
12. Presentar acta de defunción si el propietario está fallecido y se va a postular el hijo.
13. Si el postulante es poseedor de inmueble y no tiene un documento que lo acredite debe realizar una declaración de posesión ante un notario y presentarla debidamente autenticada.