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Jueza Emilio Tapia
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Abren investigación formal contra jueza que concedió libertad condicional a Emilio Tapia

La decisión es contra la jueza Primera de Ejecución de Penas y Medidas de Barranquilla, quien otorgó el beneficio al cuestionado contratista por “demostrar ser un recluso disciplinado”.

La Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Atlántico abrió una investigación formal contra la juez Primera de Ejecución de Penas y Medidas de Barranquilla, que en el pasado mes de abril le concedió la libertad condicional al contratista cordobés Emilio Tapia Aldana.

El pasado 11 de abril, el despacho judicial señalado determinó que el condenado tuvo una buena conducta durante su condición de privado de la libertad en los últimos cuatro años, además, indicó que Tapia estudió y trabajó para redimir pena y había cumplido las tres quintas partes de su pena por el desfalco de Centros Poblados.

“Es fundamental entender que este concepto favorable se sustenta en la observación directa del comportamiento de Tapia Aldana en el contexto penitenciario. A lo largo de su permanencia en el sistema, ha demostrado ser un recluso disciplinado, respetuoso de las normas y participativo en los programas de rehabilitación y reinserción. Su actitud dentro del establecimiento carcelario ha sido intachable”, señaló la jueza Primera de Ejecución de Penas y Medidas de Barranquilla.

Los hechos están relacionados con la condena de Tapia Aldana a seis años y cuatro meses de cárcel por el escándalo de Centros Poblados (la pérdida de 70 mil millones de pesos para llevar internet a las comunidades más apartadas durante el Gobierno de Iván Duque).

En ese contexto, el proceso disciplinario evaluará un posible retraso en la respuesta al recurso de apelación presentado por la Procuraduría, que cuestionó la legalidad de la libertad condicional otorgada.

El proceso disciplinario también revisará un posible retraso en la respuesta al recurso de apelación que presentó la Procuraduría, la cual cuestionó la decisión de otorgar la libertad condicional.

Según esa entidad, el fallo no cumplió con varios requisitos legales, ya que se habrían pasado por alto normas del Código Penal, las leyes carcelarias, la Constitución y una ley que exige la participación de las entidades del Estado como parte afectada en el proceso.

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