Los demás implicados, entre esos su papá y mamá, también fueron librados de toda culpa.
Por: Iván Peña Ropaín.
Si en lo futbolístico Neymar Jr. atraviesa por estos días un duro momento por la eliminación de su Selección Brasil del Mundial de Catar, dada el viernes pasado, en lo personal vuelve a sonreír al ser notificado el martes 13 de diciembre que fue absuelto por la justicia española por los delitos en su contra por corrupción y estafa por las presuntas irregularidades en el momento de su fichaje al Barcelona.
La Sección Sexta de la Audiencia de Barcelona decidió absolver al 10 brasileño, así como a los expresidentes de ese club, Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu, de los delitos de corrupción entre particulares y estafa en el proceso de contratación de Neymar, quien llegó al conjunto culé procedente del Santos de Brasil.

En el caso que fue nombrado ‘Neymar 2’, se juzgaba la contratación del jugador por el que el Barsa pagó a la firma N&N Consultoria Esportiva 60 millones de euros por diversos conceptos entre 2011 y 2013, mientras al Santos dio otros 25 millones: 17,1 por el traspaso y 7,9 por la opción preferencial que jamás ejerció sobre tres jóvenes promesas del equipo brasileño, así como por dos amistosos del que solo se jugó uno.
Sin embargo, el denominado fondo de inversión brasileño DIS, el cual instauró la acusación que dio apertura a todo este proceso, solo percibió 6,8 millones por toda la operación pese a tener un 40% de los derechos de traspaso del futbolista de 30 años. Por tal motivo, se querelló a los acusados, a los que este martes libraron de toda culpa.

El tribunal ibérico también exoneró de responsabilidad penal a Neymar da Silva, padre de Neymar y quien es el administrador de N&N, la empresa familiar que representaba al jugador. Misma decisión fue para Nadine Gonçalves, madre del jugador y administradora junto a su marido de dicha firma, y para quien DIS finalmente también retiró la petición de pena en sus informes, aunque mantuvo la acusación para el resto de implicados.
Concretamente, DIS solicitaba penas de 2 a 6 años de prisión para Neymar y Bartomeu, cuando sucedieron los hechos, y de 4 años de cárcel para el padre del jugador y para Rosell, entonces presidente del cuadro catalán, y que subsidiariamente se condenara con 2 años de cárcel al exdirigente Odilio Rodrigues.
Igualmente, pedía penas de multa de 57,48 millones de euros para el Barcelona y N&N, y otra multa por la misma cantidad para el Santos FC.

Sin embargo, en la sentencia la Audiencia de Barcelona no considera probado “que una de las finalidades de los negocios concertados para asegurar el fichaje de Neymar por el FC Barcelona fue la defraudar las expectativas de ganancia de DIS”.
Por tanto, y en cuanto al delito de corrupción entre particulares, considera que DIS “puede ser perjudicada civil, pero no sujeto pasivo del delito entendido como víctima o perjudicada directa, condición esta que antes tendrían otros clubes de fútbol a los que, en hipótesis, se les dificultaba la posibilidad de fichar al jugador”.
Respecto a la estafa impropia, el tribunal subraya que “forzosamente los contratos que se dicen simulados tenían que ir dirigidos a perjudicar a DIS, por lo que si no hay contrato simulado no habrá delito”.
“Y de la prueba practicada no resultan indicios de que al jugador le fue ofrecido un soborno y/o que este lo exigió para fichar por el FC Barcelona”, concluye la sentencia.




