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Juez absolvió a funcionaria y a contratista de la Gobernación del Atlántico por desfalco en 2013

Otras seis personas fueron condenadas luego de que unos $2.800.000.000 fueron consignados de forma irregular en sus cuentas bancarias.

Desde el año 2010 y hasta enero de 2013, en la Subsecretaría de Tesorería de la Gobernación del Atlántico se efectuaron varios pagos millonarios a través del portal bancario “Occired”, desde una cuenta bancaria corporativa de la Gobernación, a varias personas que no tenían vínculo contractual con el mencionado ente territorial; denuncia realizada por la tesorera de entonces, Miriam Elena Plata Plata.

El desfalco se calculó en más de $2.800.000.000, recurso público que a través de consignaciones fue a parar a las cuentas de 6 personas que nada tenían que ver con la Gobernación del Atlántico.

Los pagos irregulares a supuestos contratistas consistían en utilizar números de órdenes de pagos o comprobantes de egreso ya ejecutados. Dichos pagos no fueron tramitados o ingresados regularmente por la recepción de la Tesorería. Pese a ello, fueron cargados en el portal bancario “Occired” desde los usuarios de la funcionaria, Lidis Esther Cabrera Machado y la contratista, Kelly Johanna León Cañas, quienes laboraban en el departamento de Contabilidad de la Subsecretaría de Tesorería de la Gobernación del Atlántico, para la época de los hechos. 

En total, 8 personas fueron procesadas por los presuntos delitos de Peculado por Apropiación en concurso heterogéneo con Concierto para Delinquir y Falsedad Ideológica en Documento Público.

La Fiscalía solicitó la imposición de medida de aseguramiento contra Cabrera Machado y León Cañas. La petición fue acogida por el Juez de control de garantías, quien impuso medida de aseguramiento en la residencia de las procesadas.

El abogado penalista Rodrigo Borja, logró demostrar la inocencia de su defendida Lidis Cabrera Machado, en medio de una investigación judicial que data del mes de marzo de 2013, cuando fue denunciado el sonado caso de desfalco al interior de la Gobernación del Atlántico.

Rodrigo Borja Herdenez, abogado penalista

El abogado Borja alegó ante el juez que la actividad probatoria del Ente Acusador se limitó a demostrar cómo presuntamente se pagaron irregularmente los montos a unas personas sin ningún vínculo con la Gobernación del Atlántico, lo que desde el punto de vista del defensor implica que se probó el delito, pero que no se probó la responsabilidad de su defendida, Lidis Esther Machado Cabrera y la contratista Kelly Johanna León Cañas como autoras de ese hecho. 

“De acuerdo con las obligaciones contractuales de mi defendida, esta no tenía por qué realizar dichas funciones de verificación, pues su única función era cargar la documentación que se le entregaba, y regresarla a la Subsecretaría de Tesorería, donde se volvía a revisar la cuenta de cobro junto con sus soportes respectivos, para posteriormente proceder a pagar en la Subsecretaría, lo que resulta totalmente ajeno a lo que realizaba mi procurada”, expresó Borja. 

“La Fiscalía no realizó una investigación seria, pues el ente de acusación tenía a su alcance herramientas investigativas que no implementó y que hubieran permitido determinar conclusiones reales producto de una investigación exhaustiva. La Fiscalía realizó conjeturas subjetivas y afirmaciones sin rigor científico para la construcción de la verdad. Solo la señora Miriam Elena Plata de acuerdo con sus funciones, era la responsable de la revisión”, agregó

Tanto el Juez de Conocimiento como el Ministerio Público determinaron en la sentencia que la Fiscalía General de la Nación no logró probar que las procesadas en mención, tuvieron participación como coautoras del hecho punible. “No se demostró mediante interceptaciones telefónicas, investigaciones financieras de las implicadas o búsqueda selectiva en bases de datos, la vinculación de mi defendida con los otros procesados”, añadió.

“Por estos motivos, se demostró ante el juez que la Fiscalía solamente se limitó a determinar que por el cargue que ellas realizaban dentro de sus funciones, se habían cometido esos pagos fraudulentos, desconociendo que esa función les fue asignada por sus superiores. Igualmente, la Fiscalía no aportó un manual de funciones durante el juicio”, finalizó el abogado Rodrigo Borja.

Luego de declarar cerrado el debate probatorio, el Despacho emitió sentido del fallo absolutorio en favor de Lidis Esther Machado Cabrera y Kelly León Cañas, de los delitos de Peculado Por Apropiación y Falsedad Material en Documento Público, endilgados por la Fiscalía General de la Nación.

Al resto de acusados, el Juzgado Quinto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Barranquilla, emitió sentencia condenatoria en su contra como cómplices del delito de Peculado por Apropiación, ya que actuaron con el conocimiento y voluntad (con dolo), de quebrantar la ley penal y vulnerar injustificadamente el bien jurídico de la administración pública. 

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