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“Sintomáticos deberán aislarse por 7 días, no será necesario prueba PCR”

Nuevos lineamientos de Minsalud para incapacidades y aislamientos por COVID-19.

El ministro de Salud Fernando Ruiz Gómez en conjunto con el Ministerio de Trabajo dieron a conocer los lineamientos para emitir incapacidades o certificados de aislamiento para personas sintomáticas y asintomáticas, contemplados en la Circular 004 de 2022.

Las personas que presenten síntomas derivados del virus COVID-19, deberán aislarse durante siete días y no será necesario hacerse una prueba, a excepción de aquellos que tengan edades de 60 años o más, menores de 3 o que presenten complicaciones.

Para emitir la incapacidad, el médico tratante deberá consultar la actividad laboral para contemplar la posibilidad de que el empleado pueda ejercer sus actividades en la modalidad de teletrabajo. Según, el artículo 50 de la Ley 23 de 1981, se entrega una incapacidad temporal teniendo en cuenta el estado clínico del paciente, sin necesidad de la prueba.

Para las personas asintomáticas, las entidades indicaron que cualquier persona que tenga esquema incompleto de vacunación o sin vacuna, debe aislarse siete días desde el primer día de exposición, si tuvieron contacto estrecho de un caso confirmado de COVID-19.

Para expedir el certificado de incapacidad, el médico deberá realizar las mismas indagaciones sobre la actividad que desarrolla el paciente y si este puede trabajar desde casa. En caso de no ser posible, se ordena la prueba y si su resultado es negativo, el empleado deberá reintegrarse a sus labores de manera presencial.

Para aquellos que presenten su esquema completo, no será necesario aislarse, ni realizarse la prueba, aunque se les recomienda evitar eventos masivos y visitar a personas que se encuentren en población de riesgo.

En este nuevo lineamiento el empleador no exigirá una prueba COVID-19 como requisito para regresar a desempeñar sus tareas laborales al culminar el aislamiento.

Documento oficial de Minsalud

Circular-004-2022

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