A la controvertida generadora de contenido, las leyes le ponen un “pero” que le impediría grabar estando encerrada en una prisión, pero la defensa se la jugó solicitando la casa por cárcel, alegando “buen comportamiento”.
Por: Iván Peña Ropaín.
Una buena noticia recibió en las últimas horas la polémica influencer Daneidy Barrera Rojas, conocida como Epa Colombia, al ser notificada por un juez de Bogotá de que fue aprobado, de manera oficial, el acuerdo de reparación integral con la empresa de servicio público integrado de esa ciudad, TransMilenio S.A.
Este pacto buscaría resarcir los daños ocasionados por ella en medio de la protesta social del 22 de noviembre de 2019, cuando se grabó destruyendo, con un martillo, instalaciones y equipos de la estación de TransMilenio del sector de Molinos, en Bogotá, hechos por los cuales la creadora de contenido fue condenada a 63 meses de prisión (equivalentes a 5 años y 3 meses) por los delitos de daño en bien ajeno, perturbación en el transporte público e instigación a delinquir.
En la audiencia adelantada, se estimó que los daños a la infraestructura del sistema de transporte capitalino fueron de 467 millones de pesos. Atendiendo a ello, la también empresaria de productos de belleza acordó un pago de 100 millones de pesos.
No obstante, referente a los aproximados 300 millones restantes, Epa Colombia se comprometió a producir 55 videos de contenido pedagógico para redes sociales. Tal cantidad de grabaciones se fijó monetizando su trabajo a partir del portafolio comercial de tarifas que la creadora cobraba antes de su reclusión.
Los films deben ser orientados a concientizar sobre “el cuidado de este medio de transporte, evitar la evasión del pasaje (no colarse), promover el uso de la aplicación oficial para recargar tarjetas y difundir pautas de cultura ciudadana”, se precisa en el acuerdo concedido. Y, entre 20 y 25 de esos videos, se publicarían en su perfil principal y los demás mediante historias.
Además, el acuerdo incluye la posibilidad de realizar servicio social y la presentación de disculpas públicas, eso sí, actividades que requerirán la autorización previa de un juez de ejecución de penas.
Pero hay un “pero”. A pesar del acuerdo, ya le salió un gran inconveniente judicial, y correspondiente este en que en la sentencia penal se prohíbe ejercer como influencer o youtuber durante el tiempo de condena. Es decir, la publicación de las piezas en redes sociales permanecerá suspendida hasta que cumpla la pena o cambien sus condiciones jurídicas.
Sin embargo, en la audiencia, la defensa de Barrera Rojas le puso una buena “contra” a ese “pero”, relacionado con que, debido a que lleva cerca de 26 meses cumplidos de la pena en un centro carcelario, se tramitará la solicitud de prisión domiciliaria, acogiéndose al artículo 38B del Código Penal por buen comportamiento. Es decir, esto le daría vía libre para grabar los respectivos contenidos y difundirlos.




