La medida es provisional mientras se estudia de fondo la tutela instaurada por un ciudadano por vérsele al referente de ‘Defensores por la Paz’ con la divisa en la jornada de sufragios de la primera vuelta.
Por: Iván peña Ropaín.
Se conoció en las últimas horas, en torno a la polémica encendida por el candidato del ‘Pacto Histórico’, Iván Cepeda, contra el de ‘Defensores por la Paz’, Abelardo de la Espriella, por usar la casaca de la Selección Colombia en medio de la primera vuelta de la jornada electoral presidencial del domingo pasado, que le prohíben al segundo citado usar esa camiseta en la campaña política que emprende para la segunda ronda de sufragios (domingo 21 de junio), la cual se dará en pleno Mundial Estados Unidos, Canadá y México 2026.
La determinación judicial, emitida por la jueza Aura Luz Forero, del Juzgado 120 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá, precisó que el uso con tinte político de ese emblema deportivo nacional podría afectar derechos fundamentales como la “igualdad, la no discriminación y la libertad de elegir y ser elegido”.
Esta inhibición para De la Espriella se basa en una acción de tutela que presentó el ciudadano Wilman Ramiro Bocanegra Calderón, quien argumentó “sentirse discriminado y estigmatizado” por el uso de la camiseta de la Selección en su campaña presidencial y por parte de varios miembros de su partido.
De acuerdo a lo que argumenta enunciado demandante, la divisa de la Tricolor fue utilizada para asociar la identidad del ciudadano colombiano con una determinada candidatura y para descalificar, según él, a quienes tienen posiciones políticas distintas.
Se conoció también con relación a esta decisión que, luego de estudiar la acción popular interpuesta, la jueza Forero González concluyó que existen elementos más que suficientes para decretar una medida provisional mientras se estudia de fondo el amparo ciudadano.
En consecuencia, la togada del alto tribunal ordenó a Abelardo de la Espriella y a su partido abstenerse de colocarse o exhibir la camiseta oficial de la Selección Colombia en actividades de campaña, redes sociales, medios de comunicación y demás espacios de difusión relacionados con la segunda vuelta presidencial. La resolución estará vigente hasta que se profiera una sentencia definitiva sobre el caso.




