La decisión, de segunda instancia y en firme, fue declarada por “vicios en su proceso de inscripción”.
El Consejo de Estado dejó en firme la nulidad de la elección de la diputada del Atlántico Alejandra Milena Moreno Astwood, tras concluir que su candidatura estuvo rodeada de irregularidades relacionadas con el mecanismo interno de selección y con decisiones adoptadas por las autoridades electorales.
La decisión, adoptada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo, resolvió los recursos de apelación presentados contra el fallo del Tribunal Administrativo del Atlántico, dentro del proceso de nulidad electoral promovido por varios demandantes tras las elecciones territoriales del 29 de octubre de 2023.
La controversia surgió luego de que el 20 de noviembre de 2023 se expidiera el formulario E-26 ASA que declaró la elección de los diputados a la Asamblea del Atlántico para el periodo 2024-2027, entre ellos la militante del Pacto Histórico.
Los demandantes alegaron tres presuntas irregularidades:
- Inscripción extemporánea de la lista.
- Cambio indebido de la modalidad de voto (de preferente a no preferente).
- Otorgamiento irregular del aval por parte del movimiento Colombia Humana.
Uno de los puntos centrales del proceso fue la modificación de la modalidad de voto de la lista inscrita por la coalición. Inicialmente, la inscripción ante la Registraduría marcaba la opción de voto preferente. Sin embargo, en el formulario E-8 AS finalmente quedó registrada como voto no preferente (lista cerrada), modalidad que fue la aplicada en los comicios.
El tribunal de primera instancia consideró probado que ese cambio fue realizado por funcionarios de la Registraduría sin que existiera una modificación válida suscrita por todos los partidos que integraban la coalición —Colombia Humana, Polo Democrático Alternativo, Unión Patriótica y Partido Comunista Colombiano—, lo que configuró una irregularidad sustancial.
El otro eje del fallo giró en torno al proceso interno de selección de candidatos en Colombia Humana. Según quedó establecido en el expediente, la colectividad realizó una consulta interna el 23 de abril de 2023 para definir sus aspirantes a la Asamblea del Atlántico. No obstante, la hoy diputada no participó en esa consulta. Pese a ello, posteriormente recibió aval y fue incluida como precandidata mediante una resolución interna del movimiento.
Inicialmente, el Consejo Nacional Electoral había revocado su inscripción mediante la Resolución 11883 del 29 de septiembre de 2023. Sin embargo, tras un recurso de reposición, el propio CNE expidió la Resolución 13772 del 19 de octubre de 2023, mediante la cual dejó sin efecto la revocatoria y permitió su participación.
El tribunal concluyó que esa decisión desconoció el carácter obligatorio de los resultados de la consulta interna, establecido en la Ley 1475 de 2011, y desvirtuó la presunción de legalidad del acto administrativo que permitió su candidatura.
La decisión judicial
En consecuencia, el fallo declaró la nulidad parcial de la Resolución 13772 de 2023 del CNE; la nulidad de la elección de Alejandra Milena Moreno Astwood como diputada del Atlántico y la cancelación de su credencial.
Asimismo, ordenó a la Organización Electoral y a la Asamblea del Atlántico proceder conforme a la normatividad vigente para asignar la curul correspondiente, que por lista, sería entregada a Dreisa María Rosas García.

El caso marca un precedente en materia de cumplimiento estricto de las consultas internas de los partidos y de los procedimientos de inscripción de listas, reafirmando que las reglas de selección democrática interna son de obligatorio acatamiento y que su desconocimiento puede tener efectos directos sobre la validez de una elección.
Artículo relacionado: Tribunal anula elección de Alejandra Moreno como diputada del Atlántico por “vicios en su proceso de inscripción”




