La determinación de la Corte Constitucional conmina también al Ministerio del Deporte a “echarle ojo” a los reglamentos de cada una de las Ligas de esta disciplina para verificar si hay vulneraciones de este tipo.
Por: Iván Peña Ropaín.
En las últimas horas, se conoció de una inédita sentencia de la Corte Constitucional que ha desatado versiones encontradas en las redes sociales, relacionada esta con ordenar a la Liga Antioqueña de Voleibol a incluir en futuros torneos a la jugadora transgénero Emiliana Castrillón Jaramillo, quien instauró en 2024 una demanda por la exclusión de la que fue objeto para un torneo departamental dado ese año.
La máxima prominencia en sentencias judiciales en Colombia determinó que se vulneró los derechos de la demandante concernientes a la igualdad, la dignidad humana, el libre desarrollo de la personalidad, la identidad de género y el acceso al deporte.
La afectada presentó una acción de tutela tras la prohibición para competir de la que fue objeto y que se dio de un momento a otro, pese a que ya venía participando desde años atrás en certámenes organizados por la misma Liga, la que ilógicamente en su Artículo 4 del reglamento interno precisa que “para hacer parte de los campeonatos que se cumplan en la rama femenina, se debe haber nacido siendo mujer”. Esto último, a solicitud del máximo tribunal, deberá ser modificado lo más pronto posible.

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Muchos internautas vilipendiaron la postura adoptada por la Sala Octava de Revisión de dicho alto tribunal, señalándose que es injusto que verdaderas mujeres compitan con rivales trans, ya que es evidentemente la fuerza de la naturaleza física de un varón contra la de una fémina.
Empero también la sentencia de la Corte Constitucional recibió comentarios de asentimiento por parte de usuarios en la Internet, manifestando estos el correcto aplicar de la igualdad y del respeto hacia el ser humano.
En torno al punto de si sacaría o no ventaja Emiliana frente a sus rivales mujeres, enunciada sala indicó en su sentencia que “no existe certeza científica sobre una ventaja competitiva inherente en las atletas trans frente a las cisgénero (persona que se siente identificada con su sexo biológico)”.
También, se impartió la obligación al Ministerio del Deporte para que cheque los reglamentos de cada una de las Ligas de Voleibol del país, con el fin de establecer si incurren o no en vulneraciones de derechos de este tipo.




