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Sentencia militares JEP por falsos positivos
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¡Histórico! JEP emite primera sentencia contra 12 exmilitares implicados en “falsos positivos” en la región Caribe

Los uniformados hacían parte del Batallón La Popa, de Valledupar, y confesaron haber participado de algunas ejecuciones extrajudiciales.

En un hecho histórico y catalogado como rubro del esclarecimiento de una verdad de Estado, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) emitió la primera sentencia contra miembros de las fuerzas militares implicados en ejecuciones extrajudiciales o también llamadas “falsos positivos”.

Se trata de la sentencia contra cinco oficiales, cuatro suboficiales y tres soldados profesionales, todos en condición de retiro, que pertenecieron al Batallón de Artillería No. 2 La Popa, de Valledupar, quienes fueron determinados como máximos responsables en el asesinato de 135 civiles, o personas en estado de indefensión, entre 2002 y 2005, en Cesar y La Guajira.

Los 12 exmilitares fueron sentenciados de manera diferenciada a sanciones restaurativas, según el grado de responsabilidad que les atribuyó el tribunal. La JEP explicó que no cumplirán medida de aseguramiento en centro carcelario.

Mayor (r) Guillermo Gutiérrez Riveros, sentenciado a 8 años.

Mayor (r) Heber Hernán Gómez Naranjo, sentenciado a 6 años.

Teniente (r) Carlos Andrés Lora Cabrales, sentenciado a 5 años.

Subteniente (r) Eduart Gustavo Álvarez Mejía, sentenciado a 8 años.

Subteniente (r) Elkin Leonardo Burgos Suárez, sentenciado a 5 años.

Sargento (r) Efraín Andrade Perea, sentenciado a 6 años.

Sargento primero (r) Manuel Valentín Padilla Espitia, sentenciado a 8 años.

Sargento viceprimero José de Jesús Rueda Quintero, sentenciado a 6 años.

Cabo tercero (r) Elkin Rojas, sentenciado a 6 años.

Soldado profesional (r) Yeris Andrés Gómez Coronel, sentenciado a 7 años.

Soldado profesional (r) Alex José Mercado Sierra, sentenciado a 7 años.

Soldado profesional (r) Juan Carlos Soto Sepúlveda, sentenciado a 6 años.

Esta sentencia, de la Sección de Reconocimiento de Verdad de la JEP, abre el camino para las próximas sentencias que se emitirán en las otras cinco regiones priorizadas en el Caso 03 donde también se presentó este fenómeno criminal en el que se presentaron civiles como bajas en combate en los departamentos de Antioquia, Casanare, Huila, Norte de Santander y Meta.

La JEP estableció dos patrones macrocriminales en el Subcaso Costa Caribe del Caso 03: personas presentadas como bajas en combate en alianza y connivencia entre miembros de la fuerza pública y distintos frentes del Bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia; personas en situación de vulnerabilidad que fueron capturadas arbitrariamente y/o engañadas por miembros del Batallón La Popa, con el objeto de ser presentadas como bajas en combate.

El presidente de la JEP, magistrado Alejandro Ramelli Arteaga, enfatizó que esta sentencia “es fundamental para avanzar en la construcción de un país mejor”. Igualmente, dijo que ningún colombiano debió fallecer producto de un entramado criminal encargado de seleccionar, asesinar y desaparecer a personas inocentes.

El magistrado Ramelli hizo un llamado al país a “no caer en el negacionismo histórico”. “Ninguna sociedad tendría que pasar por algo así, ni tolerarlo, ni mucho menos negarlo, exculparlo o justificarlo. Estos crímenes internacionales sí existieron y quebrantaron los valores más sagrados de nuestra democracia. Rompieron lazos sociales, mancharon la confianza de las instituciones y acabaron con los sueños de cientos de mujeres y hombres trabajadores que solo luchaban por un sustento mejor”, declaró.

“Acá estamos, con el respaldo de pruebas irrefutables, con toneladas de folios, declaraciones y pruebas que sustentan esta investigación. Con las confesiones dadas libremente ante la JEP, por quienes luego de haber participado en estos crímenes, en un profundo y valioso ejercicio de arrepentimiento, dieron la cara a las víctimas y al país”, concluyó el togado.

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