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Unión marital de hecho
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“Jóvenes entre 14 y 18 años no están impedidos para conformar unión libre”: Corte Suprema

Tampoco necesitan el permiso de sus padres, a diferencia de si van a contraer nupcias.

La Corte Suprema de Justicia explicó la validez de las uniones maritales de hecho en jóvenes menores de 18 años y mayores de 14, y determinó que estos pueden conformar la unión libre sin permiso de sus padres.

A esta conclusión se llegó teniendo en cuenta que si bien los artículos 117, 118 y 140 del Código Civil explican que las personas en dicho rango de edad no pueden contraer matrimonio sin el permiso expreso, por escrito, de sus padres, esto no aplica para la unión marital.

“El permiso para que las personas mayores de 14 y menores de 18 puedan contraer nupcias no es predicable de la unión marital de hecho dado que esto constituye una de sus exclusiones”, indicó la Sala de Casación Civil.

Cabe recordar, que según la Ley 54 de 1990 la unión marital de hecho es la que se forma entre un hombre y una mujer quienes sin estar casados “hacen una comunidad de vida permanente y singular”. También, la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-075-07, incluyó a las parejas homosexuales en el reconocimiento de sus derechos.

El caso que llevó a la determinación de la Corte

Erika Beltrán Cifuentes y Diego Fernando Cifuentes Gómez iniciaron la unión cuando él tenía 14 años, en junio de 1992, la cual se extendió y conllevó a que ambos convivieran “compartiendo techo, lecho y mesa” desde febrero de 2007 hasta la fecha en que falleció la mujer en octubre de 2012. En esa relación, incluso, procrearon un hijo llamado Juan Diego.

La sentencia tanto en primera como en segunda instancia confirmó la decisión de reconocer dicha unión, apoyándose el tribunal en que todos los testigos, a excepción de uno, “coincidieron en la convivencia permanente y singular de la pareja”.

Los elementos de juicio acopiados, valorados en conjunto, indicaban, en efecto, que entre la difunta y el demandante “existió una unión marital de hecho“. Relación que “se prolongó hasta el día del deceso de aquella””, explicó la Corte.

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